MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Tres Puntas SpA

RUT 77971015-7 CVE 2683719
Fecha instrumento
1 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de agosto de 2025
Repertorio
9838
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La sociedad podrá participar en la propiedad de otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 1 de agosto de 2025, Repertorio N° 9838 ante mí, Nicolás Andrés Oelckers Henríquez, en su calidad de único accionista de Inversiones Tres Puntas SpA (la “Sociedad”), de acuerdo a Registro de Accionistas de la Sociedad tenido a la vista, vino en modificar el objeto social mediante un acuerdo sin forma de junta, reemplazando íntegramente el artículo Cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente texto: “ARTÍCULO CUARTO: “El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, derechos sociales, cuotas o cualquier otro título de participación en toda clase de sociedades, asociaciones, fondos, así como en cualquier otra figura legal que permita la inversión de recursos; la administración de las mismas inversiones, y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; b) Arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles amoblados y/o con instalaciones de toda clase, sea por naturaleza, por adherencia o destinación; c) Arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de vehículos sin chofer, máquinas, equipos, y en general todo tipo de bienes corporales muebles; d) Efectuar operaciones de comercio exterior, importar y exportar todo tipo de bienes y productos en general, celebrar actos, convenios, contratos y autocontratos, mercantiles o administrativos, sin perjuicio de otras actividades que los socios acuerden, digan o no relación directa o indirecta con los objetos señalado; e) la celebración de todos los negocios, actos y contratos que se requieran para la ejecución del objeto social. La sociedad podrá participar en la propiedad de otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de agosto de 2025.