HEATHCOTE SUB 3 (CHILE) SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2025
- Repertorio
- 37338-2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.343.599.469 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 29 de julio de 2025, Repertorio N° 37.338- 2025, HEATHCOTE SUBCO 3 (SPAIN) S.L., en su calidad de único y actual accionista de HEATHCOTE SUB 3 (CHILE) SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 12.324, número 6.492 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, modificó los estatutos de la Sociedad como sigue: (a) Se aumentó el capital de la Sociedad a la fecha fijado en $6.343.599.469, dividido en 6.096.546 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas, a la suma total de $6.634.524.469, dividido en las mismas 6.096.546 acciones. El aumento de capital fue íntegramente pagado por el accionista Heathcote Subco 3 (Spain) S.L., con fecha 29 de julio de 2025, mediante el ingreso a la caja social de 300.000 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes a $290.925.000, conforme al tipo de cambio “Dólar Observado” del día de su aporte e ingreso a la caja social; (b) Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de seis mil seiscientos treinta y cuatro millones quinientos veinticuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos, dividido en seis millones noventa y seis mil quinientas cuarenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, todas las cuales han sido íntegramente suscritas y pagadas en arcas sociales.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 5 de agosto de 2025.