Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2025
- Repertorio
- 587-2025
- Comuna
- Curacautín
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
la producción y comercialización de café, artículos relacionados; todo lo vinculado con alimentación, salud, entretención, arte, música, literatura, turismo, alojamiento, hotelería., deporte, ciclismo, talleres, actividades de capacitación y asesorías en general;
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social, anteponiendo su firma a ella, corresponderán separadamente a Joaquín Augusto Labbé Figueroa y Francisca Paloma Rodríguez Rodríguez, quienes podrán actuar, individualmente, con amplios poderes en todo lo relativo al giro social, pudiendo ejercer todas las facultades indicadas de manera no taxativa en la escritura y también toda otra facultad sin limitación alguna, salvo la indicada exigencia de actuar conjunto para enajenación de activos fijos y para endeudamientos mayores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Antonio Santos Díaz, Notario Interino de la Primera Notaria de Curacautín con oficio en calle Arica 299, comuna de Curacautín, certifica: Por escritura pública, ante mí, de fecha 06 de Agosto de 2025, Repertorio 587-2025, Joaquín Augusto Labbé Figueroa y Francisca Paloma Rodríguez Rodríguez, constituyeron una sociedad por acciones, bajo nombre “CREACIONES LAS RAÍCES SpA”; Domicilio Comuna de Curacautín, Región de La Araucanía; Objeto: la producción y comercialización de café, artículos relacionados; todo lo vinculado con alimentación, salud, entretención, arte, música, literatura, turismo, alojamiento, hotelería., deporte, ciclismo, talleres, actividades de capacitación y asesorías en general; Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en mismo acto, según consta en artículos transitorios; Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social, anteponiendo su firma a ella, corresponderán separadamente a Joaquín Augusto Labbé Figueroa y Francisca Paloma Rodríguez Rodríguez, quienes podrán actuar, individualmente, con amplios poderes en todo lo relativo al giro social, pudiendo ejercer todas las facultades indicadas de manera no taxativa en la escritura y también toda otra facultad sin limitación alguna, salvo la indicada exigencia de actuar conjunto para enajenación de activos fijos y para endeudamientos mayores. Demás estipulaciones en escritura extractada. Curacautín, 06 de Agosto de 2025.