CARMEN GLORIA CARRASCO YAÑEZ EDUCACIÓN E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2025
- Notario
- ABNER POZA MATUS
- Oficio
- Primera Notaría de Maipú- Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABNER POZA MATUS, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Maipú- Santiago, ubicada en calle General Ordóñez N° 155, oficina 203, comuna de Maipú, Certifica: Que por escritura Pública de fecha 01 de agosto de 2025, ante don PABLO ANTONIO ORELLANA BRIONES, Notario Público Suplente, comparece doña CARMEN GLORIA CARRASCO YÁÑEZ, chilena, casada, factor de comercio, de actuales 52 años, cédula de identidad número 11.740.675-K, domiciliada en Gorbea N°1952, casa 13, comuna de Santiago, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula citada y expone: La compareciente viene a modificar el artículo tercero del acto constitutivo de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada denominada “CARMEN GLORIA CARRASCO YAÑEZ EDUCACIÓN E.I.R.L.”, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha seis de febrero de dos mil ocho, otorgada ante don Enrique Tornero Figueroa, de la 49ª Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 7.217, bajo el número 4.922, correspondiente al año 2008, debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile. Dicha modificación se efectúa en los siguientes términos: ”ARTÍCULO TERCERO: La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la empresa consistirá en abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, para impartir la enseñanza no formal como también formal o regular, en todos sus niveles, y muy especialmente en sus niveles de educación preescolar, parvularia y pre-básica, en todas sus modalidades educativas, dando cumplimiento al sistema educativo chileno, a los fines educativos de la subvención percibida, en caso que proceda, y a los principios regulados en el derecho educacional vigente. La entidad podrá realizar actividades económicas que se relacionen con su fin educacional; asimismo, podrá invertir sus recursos de manera que decidan sus órganos de administración siempre que guarden relación con el objeto único educacional que rige a esta entidad”. En todo lo no modificado rige plenamente lo estipulado en la escritura de constitución de la sociedad de fecha 06 de febrero de 2008, y su posterior modificación de fecha 06 de enero de 2015, inscrita a fojas 2.182, número 1.291 del año 2015, del Registro de Comercio.- Demás estipulaciones de escritura extractada.- Maipú, 05 de agosto de 2025.