MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada

RUT 78780510-8 CVE 2683431
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, Notario Público Titular 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, Las Condes, certifico: Que por escritura pública otorgada 28 julio 2025, ante mí, la Sucesión de don Fernando Agustín de los Dolores Vial Armstrong, compuesta por sus herederos: Fernando Agustín de los Dolores Vial Claro, también conocido como “Fernando Agustín Vial Claro” o “Fernando Vial Claro” , Juan Luis Agustín de los Dolores Vial Claro, Pablo Agustín de los Dolores Vial Claro, Gustavo Manuel Vial Claro, Enrique Agustín Vial Claro, Felipe Agustín Vial Claro, María Elena Joaquina Vial Claro, María Pilar Vial Claro, José Agustín de los Dolores Vial Claro, Joaquín Gustavo Konow Vial, María Valentina Konow Vial, Catalina Victoria Konow Vial y María Natalia Konow Vial; Fernando Agustín de los Dolores Vial Claro, Enrique Agustín Vial Claro y José Agustín de los Dolores Vial Claro, cada uno actuando por sí; Inversiones Vial Ingeniería SpA; y Agrícola Las Cabras SpA, antes Agrícola Requinuex Limitada, y anteriormente, Inversiones y Exportaciones Requinuex Limitada; todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Avenida El Bosque Sur 130, piso 15, Las Condes; dieron cuenta y modificaron “Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada”, constituida por escritura pública de 2 de octubre de 1995, otorgada en la Notaria de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto autorizado se inscribió a fojas 24.567, Nº19.842 del Registro de Comercio de Santiago de 1995, en siguiente sentido: UNO. Dar cuenta que con fecha 9 de febrero de 2019 falleció el socio Fernando Agustín de los Dolores Vial Armstrong, concediéndose por Resolución Exenta del Director Regional de la Región Metropolitana de Santiago del Servicio del Registro Civil e Identificación que se singulariza en escritura extractada, la posesión efectiva de sus bienes, a sus herederos: Fernando Agustín de los Dolores Vial Claro, Juan Luis Agustín de los Dolores Vial Claro, Pablo Agustín de los Dolores Vial Claro, Gustavo Manuel Vial Claro, Enrique Agustín Vial Claro, Felipe Agustín Vial Claro, María Elena Joaquina Vial Claro, María Pilar Vial Claro, José Agustín de los Dolores Vial Claro, Joaquín Gustavo Konow Vial, María Valentina Konow Vial, Catalina Victoria Konow Vial y María Natalia Konow Vial, incluyéndose en el inventario de bienes de la herencia los derechos sociales que tenía el causante en Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada . DOS. Dar cuenta que a consecuencia de división de Agrícola Las Cabras SpA, antes Agrícola Requinuex Limitada, y anteriormente Inversiones y Exportaciones Requinuex Limitada, acordada por escritura pública de 14 de junio de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, se asignó a Inversiones Vial Ingeniería SpA, la totalidad de los derechos sociales en Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada. TRES. Dar cuenta que a consecuencia de lo anterior, quedan cómo actuales socios de Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada: la Sucesión Fernando Agustín de los Dolores Vial Armstrong, compuesta por las personas indicadas en el número UNO precedente; Fernando Agustín de los Dolores Vial Claro; Enrique Agustín Vial Claro; José Agustín de los Dolores Vial Claro; e Inversiones Vial Ingeniería SpA; lo cual es expresamente aceptado por todos los socios y por la Sociedad. CUATRO. Socios acuerdan modificar el Artículo Quinto del Pacto Social de Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada, que se refiere al capital social y sus socios, con el fin de adecuarlo a la participación societaria actual, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital de la sociedad es $1.000.000.000 que socios han aportado y pagado siguiente forma: Uno/ La Sucesión Fernando Agustín de los Dolores Vial Armstrong, conformada por Fernando Agustín de los Dolores Vial Claro, Juan Luis Agustín de los Dolores Vial Claro, Pablo Agustín de los Dolores Vial Claro, Gustavo Manuel Vial Claro, Enrique Agustín Vial Claro, Felipe Agustín Vial Claro, María Elena Joaquina Vial Claro, María Pilar Vial Claro, José Agustín de los Dolores Vial Claro, Joaquín Gustavo Konow Vial, María Valentina Konow Vial, Catalina Victoria Konow Vial y María Natalia Konow Vial, ha aportado $4.000.000, íntegramente pagados con anterioridad, en dinero efectivo, a entera satisfacción socios y Sociedad; Dos/ Fernando Agustín de los Dolores Vial Claro ha aportado $2.100.000, íntegramente pagados con anterioridad, en dinero efectivo, a entera satisfacción socios y Sociedad; Tres/ Enrique Agustín Vial Claro, ha aportado $2.100.000, íntegramente pagados con anterioridad, en dinero efectivo, a entera satisfacción socios y Sociedad; Cuatro/ José Agustín de los Dolores Vial Claro ha aportado $2.100.000, íntegramente pagados con anterioridad, en dinero efectivo, a entera satisfacción socios y Sociedad; e Cinco/ Inversiones Vial Ingeniería SpA ha aportado $989.700.000, íntegramente pagados con anterioridad, en dinero efectivo, a entera satisfacción socios y Sociedad. ” Socios reiteran que su responsabilidad se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el Pacto Social de Sociedad Vial y Compañía Ingeniería y Construcciones Limitada. - Sin ser materia de extracto, se deja constancia y rectifica, en sentido que se indica en escritura extractada, la individualización de anterior socia, Agrícola Las Cabras SpA, antes Agrícola Requinuex Limitada, anteriormente Inversiones y Exportaciones Requinuex Limitada, subsanando error contenido en escritura pública y extracto que dan cuenta la anterior modificación de social de la Sociedad. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago 5 de agosto de 2025.