CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRUFERA CORONEL DE MAULE LIMITADA

CVE 2682999
Fecha instrumento
4 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2025
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
Oficio
19 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

A) El objeto principal de la sociedad será el cultivo, producción, comercialización y exportación de trufas. Asimismo, podrá desarrollar actividades complementarias, conexas o accesorias al objeto principal, incluyendo pero no limitándose a: prestación de servicios técnicos agrícolas; actividades agroindustriales; asesorías a productores; compraventa, importación y exportación de bienes relacionados con la agricultura y producción frutícola; inversiones y administración de bienes muebles e inmuebles vinculados al giro; y cualquier otro negocio lícito acordado por los socios, siempre que guarde relación con la actividad agrícola principal. B) Cultivo venta y exportación de trufas. C) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria o frutícola, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción, actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos, y percibir sus frutos o renta, y - en general - cualesquiera otro negocio, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular, de la 19 Notaria de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 352, Certifico: que por escritura pública de fecha 04 de Agosto de 2025, Repertorio Nro. 43.092, ante mí, don RICARDO ANDRÉS RAMÍREZ CARRASCO, chileno, ingeniero forestal, casado con separación total de bienes, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos treinta mil cuatrocientos noventa y cuatro guión seis, domiciliado Seis y media Poniente A ciento ochenta, Villa Contraloría, de la comuna de Talca; y AFG SUR SpA, sociedad por acciones, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos setenta y tres mil ciento setenta y uno guión ocho, representada en este acto por don WILLY EDUARDO HERRERA SILVA, chileno, arquitecto, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos sesenta mil quinientos veinticuatro guion cinco, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Italia número mil cuatrocientos treinta y nueve, Oficina trescientos diez, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “TRUFERA CORONEL DE MAULE LIMITADA”, siendo su nombre de fantasía “TRUFERA CORONEL DE MAULE LTDA.", objeto: A) El objeto principal de la sociedad será el cultivo, producción, comercialización y exportación de trufas. Asimismo, podrá desarrollar actividades complementarias, conexas o accesorias al objeto principal, incluyendo pero no limitándose a: prestación de servicios técnicos agrícolas; actividades agroindustriales; asesorías a productores; compraventa, importación y exportación de bienes relacionados con la agricultura y producción frutícola; inversiones y administración de bienes muebles e inmuebles vinculados al giro; y cualquier otro negocio lícito acordado por los socios, siempre que guarde relación con la actividad agrícola principal. B) Cultivo venta y exportación de trufas. C) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria o frutícola, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción, actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos, y percibir sus frutos o renta, y - en general - cualesquiera otro negocio, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. D) La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola, instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y planteles frutales, la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantes, clones y árboles frutales, la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosechas, secado y procesamiento de fruta, en todas sus formas, compracompra y venta de frutas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones, y cosechas, la cosecha para terceros y el procesamiento de packing y exportación, y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta, o lo que estén el futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; E) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- Podrá adquirir derechos y formar parte y/o integrar toda clase de sociedades, cuales quiera sean sus formas, incluso en fondos de inversión privado.- El capital de la sociedad será de la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que se aportan de la siguiente forma: A) Socio don RICARDO ANDRÉS RAMÍREZ CARRASCO, aporta la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que el socio ya entero en caja, al contado y en dinero en efectivo, con anterioridad a este acto.- De esta manera la sociedad da por íntegramente aportado, pagado y cancelado el total del aporte de este socio al capital social, no existiendo a este respecto nada pendiente.- B) Socio AFG SUR SpA, aporta la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que el socio ya entero en caja, al contado y en dinero en efectivo, con anterioridad a este acto.- De esta manera la sociedad da por íntegramente aportado, pagado y cancelado el total del aporte de este socio al capital social, no existiendo a este respecto nada pendiente.- De esta manera también se da por íntegramente aportado, pagado y cancelado a la sociedad el total capital social inicial de diez millones de pesos, no existiendo a este respecto nada pendiente. Capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- La administración y uso del nombre de la Sociedad corresponderá conjuntamente a los socios RICARDO ANDRÉS RAMÍREZ CARRASCO, y AFG SUR SpA, quienes actuando por la sociedad, conjuntamente, y siempre anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades. Domicilio comuna de Providencia, sin perjuicio de las agencias o sucursales en el país. La duración de la Sociedad será de veinticinco años, contados desde la fecha de la firma de la escritura de constitución, renovable tácita y sucesivamente, por iguales periodos, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del periodo que estuviere vigente, mediante escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, y el envío de una carta certificada, dirigida al domicilio señalado en la comparecencia, con una anticipación, a lo menos de tres meses antes del fin del respectivo periodo. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 05 de Agosto de 2025.-