SOCIEDAD DE PROFESIONALES ADP ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
Objeto social
a) La prestación de servicios profesionales en materia de servicios jurídicos, tanto judiciales como extrajudiciales, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privadas, en materias constitucionales, administrativas, de derecho internacional público y privado, de relaciones internacionales, de comercio internacional, penales, civiles y, en general, en todas las áreas del derecho; b) Representar judicial y extrajudicialmente a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privadas, ante los tribunales del territorio de la República, sean éstos ordinarios, administrativos, especiales o arbitrales; c) Representar a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privadas, ante entidades administrativas públicas o privadas, tales como Ministerios, Subsecretarías, Superintendencias, Gobernaciones Regionales, Delegaciones Presidenciales Regionales y Provinciales, Municipalidades, Consejo de Defensa del Estado, Contraloría General de la República, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Servicio de Registro Civil e Identificación, Fiscalía de Chile, Servicios de Salud, Hospitales Autogestionados en Red, establecimientos privados de salud, Instituciones de Salud Previsional, Fondo Nacional de Salud, Administradoras de Fondos de Pensiones, entre otras; d) Prestar servicios de relatoría, charlas, capacitación, cursos, talleres, seminarios, asesorías, sean ellos impartidos de manera presencial, on line o híbrida, la realización de todo tipo de estudios, proyectos, informes en derecho, consultorías, entre otras, sobre las materias individualizadas en los literales precedentes, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privado, así como a empresas privadas; e) Constituir sociedades, asociaciones o cualquier otro tipo de personas jurídicas, de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas; f) El desarrollo de toda actividad relacionada con el ejercicio integral de la profesión de abogado; y g) Celebrar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes referidos y que tengan relación con el giro señalado.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y
Administración
Corresponderá al socio Rubén Eduardo Villagrán Figueroa, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo delegarlas según fuere procedente o conveniente.- CAPITAL Y ACCIONES. La suma de $1.000.000.-, que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: i) don RUBÉN EDUARDO VILLAGRÁN FIGUEROA aporta la cantidad de $950.000.- en dinero efectivo, equivalente al 95% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; ii) doña PAULINA LORETO ASTROZA SUÁREZ aporta la cantidad de $50.000.- en dinero efectivo, equivalente al 5% del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, Las Condes, certifica: por escritura pública de 4 de agosto del año 2025, ante mí, don Rubén Eduardo Villagrán Figueroa, domiciliado para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova N° 5870, oficina 413, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y doña Paulina Loreto Astroza Suárez, domiciliada para estos efectos en calle Victoria N° 1204, departamento 53, comuna de Concepción, Región del Biobío, de paso en esta ciudad, constituyeron sociedad de profesionales bajo la razón social “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ADP ABOGADOS LIMITADA”, sin perjuicio que, para fines comerciales, bancarios u otros puedan emplear, indistintamente, los nombres de fantasía “ADP ABOGADOS LTDA.” o “SERVICIOS JURÍDICOS ADP LTDA.”. “SERVICIOS PROFESIONALES DE DERECHO PÚBLICO SpA”.- OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales en materia de servicios jurídicos, tanto judiciales como extrajudiciales, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privadas, en materias constitucionales, administrativas, de derecho internacional público y privado, de relaciones internacionales, de comercio internacional, penales, civiles y, en general, en todas las áreas del derecho; b) Representar judicial y extrajudicialmente a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privadas, ante los tribunales del territorio de la República, sean éstos ordinarios, administrativos, especiales o arbitrales; c) Representar a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privadas, ante entidades administrativas públicas o privadas, tales como Ministerios, Subsecretarías, Superintendencias, Gobernaciones Regionales, Delegaciones Presidenciales Regionales y Provinciales, Municipalidades, Consejo de Defensa del Estado, Contraloría General de la República, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Servicio de Registro Civil e Identificación, Fiscalía de Chile, Servicios de Salud, Hospitales Autogestionados en Red, establecimientos privados de salud, Instituciones de Salud Previsional, Fondo Nacional de Salud, Administradoras de Fondos de Pensiones, entre otras; d) Prestar servicios de relatoría, charlas, capacitación, cursos, talleres, seminarios, asesorías, sean ellos impartidos de manera presencial, on line o híbrida, la realización de todo tipo de estudios, proyectos, informes en derecho, consultorías, entre otras, sobre las materias individualizadas en los literales precedentes, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sean estas últimas de derecho público o privado, así como a empresas privadas; e) Constituir sociedades, asociaciones o cualquier otro tipo de personas jurídicas, de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas; f) El desarrollo de toda actividad relacionada con el ejercicio integral de la profesión de abogado; y g) Celebrar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes referidos y que tengan relación con el giro señalado.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá al socio Rubén Eduardo Villagrán Figueroa, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo delegarlas según fuere procedente o conveniente.- CAPITAL Y ACCIONES. La suma de $1.000.000.-, que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: i) don RUBÉN EDUARDO VILLAGRÁN FIGUEROA aporta la cantidad de $950.000.- en dinero efectivo, equivalente al 95% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; ii) doña PAULINA LORETO ASTROZA SUÁREZ aporta la cantidad de $50.000.- en dinero efectivo, equivalente al 5% del capital social. RESPONSABILIDAD: i) Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. ii) Los socios no quedarán afectos a la prohibición establecida en el artículo 404 N° 4 del Código de Comercio.- DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: Será de 3 años, que se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno.- DOMICILIO: ciudad de Santiago.- Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago 05 de Agosto de 2025.