Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2025
- Repertorio
- 38367-2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras comunas del país o en el extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la implementación, operación y explotación de toda clase de restaurantes, bares, heladerías, fuentes de soda y demás establecimientos del rubro gastronómico y entretención; b) la prestación de toda clase de asesorías en el rubro gastronómico; c) producir, elaborar, importar, exportar, comprar, vender, explotar y distribuir toda clase de bienes y equipos del rubro gastronómico. Para estos efectos, la sociedad podrá adquirir y enajenar todo tipo de bienes muebles o inmuebles y derechos reales constituidos sobre ellos; darlos y tomarlos en arrendamiento, concesión y cualquier otra modalidad de uso y goce temporal; explotarlos; y, en general, realizar toda clase de actos a su respecto. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá siempre actuar por cuenta propia o ajena, y desarrollar su objeto directamente o por intermedio de otras personas naturales o jurídicas, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Vibes Holding SpA | socio | 78056355-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea Nº3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 1 de agosto de 2025, Repertorio 38.367-2025 ante mí, Vibes Holding SpA, RUT Nº78.056.355-9, representada por Mario Alfredo Miranda, cédula de identidad para extranjeros Nº22.088.114-8, y por Jose Luis Navarro, cedula de identidad para extranjeros Nº22.577.628-8, todos domiciliados para estos efectos en Américo Vespucio Norte Nº2500, oficina 702, Vitacura, Santiago; constituye una sociedad por acciones. NOMBRE: “Food Vibes SpA” pudiendo usar para efectos legales, comerciales y publicitarios, incluyendo bancos y organismos públicos, la expresión “Food Vibes”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) la implementación, operación y explotación de toda clase de restaurantes, bares, heladerías, fuentes de soda y demás establecimientos del rubro gastronómico y entretención; b) la prestación de toda clase de asesorías en el rubro gastronómico; c) producir, elaborar, importar, exportar, comprar, vender, explotar y distribuir toda clase de bienes y equipos del rubro gastronómico. Para estos efectos, la sociedad podrá adquirir y enajenar todo tipo de bienes muebles o inmuebles y derechos reales constituidos sobre ellos; darlos y tomarlos en arrendamiento, concesión y cualquier otra modalidad de uso y goce temporal; explotarlos; y, en general, realizar toda clase de actos a su respecto. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá siempre actuar por cuenta propia o ajena, y desarrollar su objeto directamente o por intermedio de otras personas naturales o jurídicas, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras comunas del país o en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad asciende a $15.000.000 pesos dividido en 15.000 acciones de una misma serie, nominativas, sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: Vibes Holding SpA suscribe las 15.000 acciones equivalentes a la suma de $15.000.000 de pesos, las cuales pagará en el plazo de 3 años contados desde esta fecha según las necesidades sociales. En consecuencia, ha quedado totalmente suscrito el capital social y su pago se materializará en un plazo de 3 años contados desde esta fecha según las necesidades sociales. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de agosto de 2025.