CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL DUODUO LIMITADA

CVE 2683298
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2025
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2025
Repertorio
2572-2025
Notario
JORGE SCHWENKE ZUÑIGA
Oficio
Segunda Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, y prorrogan competencia para ante sus tribunales de justicia. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos
Duración
1 año, contados desde fecha escritura constitución, prorroga por períodos iguales, continuos y sucesivos, forma establecida en escritura extractada, salvo aviso previo otorgado con anticipación señalada en escritura

Objeto social

(a) La elaboración, comercialización, importación, exportación, distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, de insumos, productos alimenticios y bebestibles, alcohólicos o analcohólicos, al por mayor o al detalle; (b) Realizar la explotación comercial de establecimientos, de restaurantes, fuentes de soda, casinos, cafeterías, y en general, de negocios de venta, distribución y comercialización de alimentos y de gastronomía y la organización de actividades gastronómicas, banquetes y todo tipo de eventos en general. (c) Realizar negocios inmobiliarios, la compra, venta, arriendo, subarrendamiento o administración de toda clase de bienes, locales comerciales, negocios, bienes raíces o inmuebles, sean nuevos y usados, pudiendo incluso refaccionarlos para dicho efecto, o en cualquier otra forma. (d) La inversión en toda clase de negocios, actividades, establecimientos y bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar, arrendar, administrar, tomar representaciones; (e) y, en general, realizar todos los actos y contratos o negocios relacionados o no, directa o indirectamente con el giro social que los socios acuerden, pudiendo actuar por cuenta propia, ajena, y)o asociada o en coparticipación con terceros

Administración

Corresponde a ambos socios, actuando en forma separada e indistintamente, salvo excepciones indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE SCHWENKE ZUÑIGA, Notario Público, Titular Segunda Notaría de Rancagua, Oficio calle Coronel Santiago Bueras N° 359, Oficina 102, comuna Rancagua, certifica: por escritura otorgada el 18 de Julio de 2025, Repertorio N° 2572-2025, ante mi Suplente Francisca Salas Medina, don JIANLING YU, empresario, y don WENZE YU, empresario, ambos con domicilio en calle Alto Jahuel N° 36, Local 11, Comuna de Maipú, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo Razón Social: “COMERCIAL DUODUO LIMITADA", pudiendo actuar con nombre de fantasía “DUODUO LTDA”. Objeto: (a) La elaboración, comercialización, importación, exportación, distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, de insumos, productos alimenticios y bebestibles, alcohólicos o analcohólicos, al por mayor o al detalle; (b) Realizar la explotación comercial de establecimientos, de restaurantes, fuentes de soda, casinos, cafeterías, y en general, de negocios de venta, distribución y comercialización de alimentos y de gastronomía y la organización de actividades gastronómicas, banquetes y todo tipo de eventos en general. (c) Realizar negocios inmobiliarios, la compra, venta, arriendo, subarrendamiento o administración de toda clase de bienes, locales comerciales, negocios, bienes raíces o inmuebles, sean nuevos y usados, pudiendo incluso refaccionarlos para dicho efecto, o en cualquier otra forma. (d) La inversión en toda clase de negocios, actividades, establecimientos y bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar, arrendar, administrar, tomar representaciones; (e) y, en general, realizar todos los actos y contratos o negocios relacionados o no, directa o indirectamente con el giro social que los socios acuerden, pudiendo actuar por cuenta propia, ajena, y/o asociada o en coparticipación con terceros.- Capital: $10.000.000.- aportado por ambos socios en partes iguales, 50% cada uno, ambos contado, dinero efectivo ya ingresado a caja; Administración: Corresponde a ambos socios, actuando en forma separada e indistintamente, salvo excepciones indicadas en escritura extractada. Duración: 1 año, contados desde fecha escritura constitución, prorroga por períodos iguales, continuos y sucesivos, forma establecida en escritura extractada, salvo aviso previo otorgado con anticipación señalada en escritura. Domicilio: Santiago, y prorrogan competencia para ante sus tribunales de justicia. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Caso de fallecimiento, sociedad continúa en la forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 06 de agosto del 2025.