VCR ARRIENDOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2025
- Repertorio
- 845-2025
- Notario
- EDUARDO ANTONIO FUENZALIDA ROBLEDO
- Oficio
- 5° Notaria de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO ANTONIO FUENZALIDA ROBLEDO, abogado, Notario Público Titular de 5° Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura hoy ante mí, anotada con el Repertorio N°845-2025, don FRANCO EDUARDO CORVALAN ROZAS, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochocientos ochenta y seis mil setecientos noventa y nueve guion tres, con domicilio en calle Morandé número ochocientos treinta y cinco, oficina quinientos dieciocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modificó el objeto de la sociedad por acciones “VCR ARRIENDOS SpA”, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y cuatro mil cinco de fecha veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro e inscrito a fojas noventa y ocho mil seiscientos veintiuno número treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago, con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro, en los siguientes términos: SEGUNDO: El objeto o giro de la empresa será: Servicios de asesoría y apoyo administrativo, gestión, coordinación de proyectos, planificación y logística del arriendo de equipos para la construcción, obras civiles menores, por cuenta propia o ajena; y toda otra actividad administrativa que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores u otros que los socios acuerden. En lo no modificado, rige el estatuto social primitivo. Otras estipulaciones escritura extractada. San Miguel, a 22 de julio de 2025. EFR