CENTRO DE PERITAJE PSICOLÓGICO E INTERVENCIÓN FAMILIAR MÉNTORA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2025
- Repertorio
- 1522-2025
- Notario
- JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
- Oficio
- 12° Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
Objeto social
a) La prestación asesoría psicológica y todo tipo servicios profesionales relativos ejercicio de la profesión psicólogo, cuenta propia o terceros, Chile o extranjero, capacitación dicha área, talleres, charlas, seminarios coaching u otros. b) área pericial, servicios evaluación y diagnóstico perfil psicológico individual y familiar, áreas emocionales, cognitivas y sociales. Servicios evaluación y diagnóstico víctimas vulneración derechos, quedando comprendidas evaluaciones daño y situación actual contextos violencia intrafamiliar, maltrato, delitos sexuales, u otro tipo vulneraciones. Servicios evaluación y diagnóstico a través de peritajes psicológicos temáticas facultades cognitivas, trastornos psiquiátricos graves, situación social y familiar actual, entre otros. Servicios asesoría profesional psicosocial y legal contextos judiciales, como creación, implementación y aplicación procedimientos evaluación y diagnóstico, emisión informes resultados a instituciones judiciales, participación audiencias, mediación, otros. c) área clínica, servicios creación, implementación y aplicación programas atención psicológica individual y familiar, como psicoterapia, terapia familiar, terapias reparatorias, reunificación familiar, re vinculación familiar, otras. d) inversión bienes inmuebles y muebles corporales o incorporales, como acciones, valores mobiliarios e instrumentos financieros, depósitos, bonos, debentures, pagarés, letras hipotecarias, cuotas fondos mutuos y cualquier tipo valores o efectos públicos o comercio; acciones y derechos sociedades, comunidades y cooperativas, fondos inversión; adquirir y enajenar a cualquier título señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; e) compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento todo tipo de bienes muebles e inmuebles, pudiendo estos últimos arrendarse amoblados o no, cuenta propia o terceros; d)Formar parte sociedades cualquier especie, pudiendo percibir frutos; y ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con objeto sociedad y cualquiera otros ramos que sociedad considere para mejor cometido
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PÍA IGNACIA MALTÉS IRIBARREN | socio | 20254763-K | — | — | |
| Concepción y VALENTINA PAZ GATICA GONZÁLEZ | socio | 18452279-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 10 de Junio de 2025, bajo el repertorio N°1.522-2025, ante mí, ANA DEL PILAR MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, RUT. 12.524.178-6, Chacabuco número ciento cincuenta y cinco, departamento quinientos uno, Concepción, PÍA IGNACIA MALTÉS IRIBARREN, RUT 20.254.763-K, Roosevelt mil setecientos cuarenta y ocho, Concepción y VALENTINA PAZ GATICA GONZÁLEZ, RUT 18.452.279-9, Cochrane número novecientos sesenta y siete, Concepción, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, NOMBRE O RAZON SOCIAL. "CENTRO DE PERITAJE PSICOLÓGICO E INTERVENCIÓN FAMILIAR MÉNTORA LIMITADA.", fantasía: “MÉNTORA LTDA.”. OBJETO. a) La prestación asesoría psicológica y todo tipo servicios profesionales relativos ejercicio de la profesión psicólogo, cuenta propia o terceros, Chile o extranjero, capacitación dicha área, talleres, charlas, seminarios coaching u otros. b) área pericial, servicios evaluación y diagnóstico perfil psicológico individual y familiar, áreas emocionales, cognitivas y sociales. Servicios evaluación y diagnóstico víctimas vulneración derechos, quedando comprendidas evaluaciones daño y situación actual contextos violencia intrafamiliar, maltrato, delitos sexuales, u otro tipo vulneraciones. Servicios evaluación y diagnóstico a través de peritajes psicológicos temáticas facultades cognitivas, trastornos psiquiátricos graves, situación social y familiar actual, entre otros. Servicios asesoría profesional psicosocial y legal contextos judiciales, como creación, implementación y aplicación procedimientos evaluación y diagnóstico, emisión informes resultados a instituciones judiciales, participación audiencias, mediación, otros. c) área clínica, servicios creación, implementación y aplicación programas atención psicológica individual y familiar, como psicoterapia, terapia familiar, terapias reparatorias, reunificación familiar, re vinculación familiar, otras. d) inversión bienes inmuebles y muebles corporales o incorporales, como acciones, valores mobiliarios e instrumentos financieros, depósitos, bonos, debentures, pagarés, letras hipotecarias, cuotas fondos mutuos y cualquier tipo valores o efectos públicos o comercio; acciones y derechos sociedades, comunidades y cooperativas, fondos inversión; adquirir y enajenar a cualquier título señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; e) compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento todo tipo de bienes muebles e inmuebles, pudiendo estos últimos arrendarse amoblados o no, cuenta propia o terceros; d)Formar parte sociedades cualquier especie, pudiendo percibir frutos; y ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con objeto sociedad y cualquiera otros ramos que sociedad considere para mejor cometido. DOMICILIO. Concepción, sin perjuicio establecer agencias, sucursales o establecimientos en resto país o extranjero. CAPITAL. $12.000.000, socias aportan y pagan forma siguiente: a) ANA DEL PILAR MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, paga y entera $4.000.000 efectivo, equivalente treinta y tres coma treinta y tres por ciento capital social. b) PÍA IGNACIA MALTÉS IRIBARREN, paga y entera $4.000.000 efectivo, equivalente treinta y tres coma treinta y tres por ciento capital social. c) VALENTINA PAZ GATICA GONZÁLEZ, paga y entera $4.000.000 efectivo, equivalente treinta y tres coma treinta y tres por ciento capital social. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. LA ADMINISTRACIÓN corresponderá las tres socias, en forma conjunta. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios a) ANA DEL PILAR MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento. b) PÍA IGNACIA MALTÉS IRIBARREN, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento. c) VALENTINA PAZ GATICA GONZÁLEZ, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento. ARTÍCULO NOVENO: DEL ARBITRAJE. La resolución de conflictos se realizará a través de un Árbitro arbitrador y la forma de nombrar el árbitro será mediante designación por las partes de común acuerdo, en caso de no existir acuerdo será designado por los tribunales ordinarios de justicia. Duración indefinida. ARTÍCULO DÉCIMO: DE LA LIQUIDACIÓN. La liquidación se regirá por lo dispuesto en los artículos 408 y siguientes del Código de Comercio; ANA DEL PILAR MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, casada bajo régimen de sociedad conyugal, declara actuará dentro patrimonio reservado, de acuerdo a lo establecido artículo 150 Código Civil. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 04 de Agosto de 2025.