Calula SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $608.261.957 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo derechos, acciones, cuotas, derechos en sociedades, bonos y demás valores mobiliarios y su administración por cuenta propia o ajena, explotarlos y percibir sus frutos, crear, financiar, promover y administrar cualquier clase de negocio, empresa o sociedades y formar parte de ellas; b) Comprar, vender, permutar, urbanizar, arrendar, comercializar, administrar, dar en uso y goce u otra forma de tenencia, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes raíces y en general efectuar toda clase de inversiones mobiliarias, percibiendo las rentas de ellas; c)Constituir, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines. d) En general la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, Piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de junio de 2025, ante mí, Jorge Cristian Yapur Gálvez, Carlos Felipe Yapur Gálvez, ambos domiciliados en Huérfanos 979, piso 7, Santiago, Región Metropolitana; únicos y actuales socios de la SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA, Rol Único Tributario número 78.880.820-8 inscrita fojas 16.501 número 12.796 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996, acordaron lo siguiente: Uno. Dividir la sociedad entre sí y dos nuevas sociedades por acciones que se constituirán al efecto, en las cuales se incorporan de pleno derecho como accionistas los socios de la sociedad dividida. Las sociedades por acciones que se crean producto de esta división, se denominarán “NUEVA ANCAR SpA” y “CALULA SpA”. Dos) El presente extracto corresponde al estatuto y constitución de CALULA SpA: Jorge Cristian Yapur Gálvez, Carlos Felipe Yapur Gálvez, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: “CALULA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo derechos, acciones, cuotas, derechos en sociedades, bonos y demás valores mobiliarios y su administración por cuenta propia o ajena, explotarlos y percibir sus frutos, crear, financiar, promover y administrar cualquier clase de negocio, empresa o sociedades y formar parte de ellas; b) Comprar, vender, permutar, urbanizar, arrendar, comercializar, administrar, dar en uso y goce u otra forma de tenencia, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes raíces y en general efectuar toda clase de inversiones mobiliarias, percibiendo las rentas de ellas; c)Constituir, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines. d) En general la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos. Capital: $608.261.957.- dividido en 60.826 acciones nominativas sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas constituyentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de julio de 2025.