AGRÍCOLA SOL NACIENTE SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2025
- Notario
- VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
- KATANA INMOBILIARIA SpA, en calidad de único y actual socio de AGRÍCOLA SOL NACIENTE SpA, viene en modificar el numeral /seis/ de la Artículo Décimo de los estatutos sociales, por la siguiente: “/Seis/ Constituir a la sociedad en avalista, fiadora, codeudora solidaria y en general caucionar, prendar e hipotecar cualquier forma de obligaciones propias o de terceros, así como hipotecar, dar en hipoteca, constituir hipoteca, contraer hipoteca y)u otorgar en hipoteca inmuebles”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 23 de julio de 2025, ante mí, don NAOSHI ANDRES MATSUMOTO COURDURIER, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos noventa y nueve guion cuatro, en representación de KATANA INMOBILIARIA SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos ochenta y dos mil quinientos setenta y uno guion siete, todos con domicilio, para estos efectos, en Avenida Bicentenario número tres mil ochocientos ochenta y tres, oficina setecientos uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, quienes vienen en modificar la sociedad AGRÍCOLA SOL NACIENTE SpA, que figura inscrita a Fs. 68792, N° 32943 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, conforme al siguiente tenor: Modificación Administración. - KATANA INMOBILIARIA SpA, en calidad de único y actual socio de AGRÍCOLA SOL NACIENTE SpA, viene en modificar el numeral /seis/ de la Artículo Décimo de los estatutos sociales, por la siguiente: “/Seis/ Constituir a la sociedad en avalista, fiadora, codeudora solidaria y en general caucionar, prendar e hipotecar cualquier forma de obligaciones propias o de terceros, así como hipotecar, dar en hipoteca, constituir hipoteca, contraer hipoteca y/u otorgar en hipoteca inmuebles”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile a 29 de julio de 2025.