Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2025
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
la compra, venta, producción, elaboración, comercialización, importación y exportación de bienes e insumos, productos alimenticios, sus materias primas, componentes, afines y derivados; servicio de restaurant, cafetería, fuente de soda, bar y similares; otorgar, recibir, explotar, administrar, y)o desarrollar franquicias en el rubro gastronómico, alimenticio de cualquier tipo, con locales y)o puntos de venta propios y)o mediante el otorgamiento de subfranquicias a terceros, ya sea en el país o en el extranjero; y, en general, realizar todos los actos y contratos que los socios de común acuerdo determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: por escritura pública de 31 julio 2025, ante mí, Jorge Federico Gustavson, domiciliado en Tercera Transversal 21, comuna de Colina, Región Metropolitana, de paso en ésta, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “Subdelicious Chi SpA”, pudiendo usar nombres fantasía “Subdelicious Chile” o “Subdelicious Chi” o “Subdelicious”. Objeto: la compra, venta, producción, elaboración, comercialización, importación y exportación de bienes e insumos, productos alimenticios, sus materias primas, componentes, afines y derivados; servicio de restaurant, cafetería, fuente de soda, bar y similares; otorgar, recibir, explotar, administrar, y/o desarrollar franquicias en el rubro gastronómico, alimenticio de cualquier tipo, con locales y/o puntos de venta propios y/o mediante el otorgamiento de subfranquicias a terceros, ya sea en el país o en el extranjero; y, en general, realizar todos los actos y contratos que los socios de común acuerdo determinen. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, suscritas y pagadas al contado y en efectivo por el socio Jorge Federico Gustavson. Demás cláusulas constan en escritura que extracto. Santiago, 01 de Agosto de 2025.-