PERALTA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2025
- Comuna
- Viña del
Administración
Se establece que a partir de esta fecha el uso de la razón social y por ende la administración de la sociedad será ejercida por don GONZALO FABIAN OBERTI y en caso de fallecimiento de éste le reemplazará cualquiera de las otras dos socias con todas las facultades señaladas en el estatuto social .-. En todo lo demás queda vigente el estatuto social original y sus modificaciones que no sean incompatibles con las modificaciones acordadas en el presente instrumento
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAUL FARREN PAREDES, Abogado Notario Público de la Primera Notaria de Viña del Mar, con domicilio en calle Villanelo Nro. 66, Certifica que por escritura pública de fecha 17 de Julio 2025, ante el notario suplente don Angel Hernández Muñoz comparecieron don GONZALO FABIAN OBERTI , argentino, estilista, Avenida Valparaíso N° 279 departamento 9, Viña del Mar, y quién lo hace como socio original , por sí y además en representación NOELIA PAOLA OBERTI, argentina, abogada, y de IVANA VANINA OBERTI, argentina, estilista, Las Araucarias número tres mil ciento diecisiete, Villa Nueva, Guaymallen, Mendoza, República Argentina , los comparecientes únicos y actuales socios y herederos por fallecimiento de la causante doña Victoria Balbina Peralta Fredes , en virtud de ello modifican sociedad “PERALTA Y COMPAÑÍA LIMITADA” nombre de fantasía “ATELIER LTDA” constituida por escritura pública con fecha 22 de mayo del 2013 ante la notario María Victoria Lucares Robledo, MODIFICA ADMINISTRACION : Se establece que a partir de esta fecha el uso de la razón social y por ende la administración de la sociedad será ejercida por don GONZALO FABIAN OBERTI y en caso de fallecimiento de éste le reemplazará cualquiera de las otras dos socias con todas las facultades señaladas en el estatuto social .-. En todo lo demás queda vigente el estatuto social original y sus modificaciones que no sean incompatibles con las modificaciones acordadas en el presente instrumento. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 01 de Agosto de 2025.-