Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que Por escritura pública 30 julio de 2025, ante mí, Camila Valentina Arancibia Canales y Hernán Marcelo Arancibia Rodriguez, constituyeron sociedad por acciones, cuyo Nombre será: ASESORIAS E INVERSIONES BOSTON SpA, sin embargo, la sociedad podrá usar para fines de propaganda y publicación, inclusive con los bancos, la sigla: Boston SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La administración y gestión de negocios inmobiliarios; /b/ La prestación de servicios o asesorías profesionales en materias de salud animal, enfermería, financieras, económicas, legales y de gestión inmobiliaria; c) Efectuar inversiones y negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces;; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar y adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; d) efectuar inversiones en bienes corporales e incorporales muebles, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer, en cualquier forma y a cualquier título, de acciones, bonos, debentures y cualquier otro valor mobiliario, derechos en cualquier tipo de sociedades comerciales o civiles, bienes corporales muebles, efectos de comercio y, en general, cualquier otro valor o título de inversión, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; /e/ organizar, promover, constituir asociaciones, comunidades y sociedades cualquiera que sea su naturaleza; /f/ La celebración de actos o contratos y el desarrollo de las actividades relacionadas directamente con los objetivos anteriores; y en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. Capital: Será la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) CAMILA VALENTINA ARANCIBIA CANALES, suscribe en este acto 80 acciones que entera y paga con la suma de $800.000, al contado y en dinero efectivo, b) HERNÁN MARCELO ARANCIBIA RODRIGUEZ, suscribe en este acto 20 acciones que entera y paga con la suma de $200.000, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 Julio 2025.