AGRICOLA LA PRIMAVERA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2025
- Notario
- FRANCISCO VARAS FERNANDEZ
- Oficio
- Trigésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Santiago. - ADMINISTRACION Y USO
- Duración
- 5 años, contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita por períodos iguales y sucesivos de cinco años, forma señalada escritura extractada
Objeto social
El objeto de la actividad económica que constituirá el giro u objeto de la empresa y el ramo o rubro específico dentro del cual se desempeñará será: la compraventa, arrendamiento, permuta y la explotación de bienes raíces destinados a la agricultura, a la ganadería, a casa habitación y a la forestación; asimismo la compraventa, arrendamiento, permuta y la explotación de derechos de agua; y asimismo la explotación de predios propios o ajenos destinados a la agricultura, casa habitación, centros turísticos, restaurantes y también destinados a instalar centro de compra, venta y distribución de verduras, frutos del país y frutas en general, para lo cual podrá realizar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos, asimismo, podrá elaborar, compra y vender abarrotes, frutas, verduras, deshidratados, congelados, procesados, a granel o al por mayor, igualmente podrá distribuir, despachar a domicilio, a ferias libres, a Ferias establecidas, a la Vega Central, a lo Valledor o al extranjero los mismos bienes, sin perjuicio de las demás actividades o negocios conexos con la agricultura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO VARAS FERNANDEZ, Abogado, NOTARIO PUBLICO, Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Phillips cuatrocientos sesenta y cinco, comuna de Santiago, certifico: Escritura pública de fecha 29 julio 2025, suscrita ante mí, VIRGINIA DEL CARMEN VILLAGRA MACHUCA, Chilena, viuda, dueña de casa, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos cuarenta y seis mil doscientos setenta y cinco guión cuatro y don CARLOS ENRIQUE BUSTOS, Chileno, agricultor, casado, cedula nacional de identidad número cuatro millones ciento ochenta y un mil ochocientos setenta guión cero, ambos con domiciliado en el Asentamiento La Primavera, Sitio C, comuna de Lampa Región Metropolitana; constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, al monto de sus respectivos aportes.- RAZON SOCIAL: “AGRICOLA LA PRIMAVERA LIMITADA”, nombre fantasía "PRODUCTOS AGRICOLA LA PRIMAVERA LTDA.".- OBJETO: El objeto de la actividad económica que constituirá el giro u objeto de la empresa y el ramo o rubro específico dentro del cual se desempeñará será: la compraventa, arrendamiento, permuta y la explotación de bienes raíces destinados a la agricultura, a la ganadería, a casa habitación y a la forestación; asimismo la compraventa, arrendamiento, permuta y la explotación de derechos de agua; y asimismo la explotación de predios propios o ajenos destinados a la agricultura, casa habitación, centros turísticos, restaurantes y también destinados a instalar centro de compra, venta y distribución de verduras, frutos del país y frutas en general, para lo cual podrá realizar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos, asimismo, podrá elaborar, compra y vender abarrotes, frutas, verduras, deshidratados, congelados, procesados, a granel o al por mayor, igualmente podrá distribuir, despachar a domicilio, a ferias libres, a Ferias establecidas, a la Vega Central, a lo Valledor o al extranjero los mismos bienes, sin perjuicio de las demás actividades o negocios conexos con la agricultura. CAPITAL. $10.000.000; aportados: A.- con la suma de dos millones quinientos mil pesos que la socia doña VIRGINIA DEL CARMEN VILLAGRA MACHUCA, aporta y paga en este acto y en dinero efectivo. B.- con la suma de siete millones quinientos mil pesos que el socio don CARLOS ENRIQUE BUSTOS, aporta y paga en este acto y en dinero efectivo. DOMICILIO: Santiago. - ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá conjuntamente a doña VIRGINIA DEL CARMEN VILLAGRA MACHUCA y a don CARLOS ENRIQUE BUSTOS, facultades escritura extractada. DURACION: 5 años, contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita por períodos iguales y sucesivos de cinco años, forma señalada escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 29 JULIO 2025.