MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL SAN VICENTE LIMITADA

RUT 78111582-7 CVE 2681445
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
26 de julio de 2022
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
26 de julio de 2022
Repertorio
970
Notario
RAÚL FARREN PAREDES
Oficio
Primera Notaria de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$600.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la realización de las siguientes actividades comerciales: a) Elaboración de alimentos preparados con consumo al paso; b) Servicio de restaurant y comidas a domicilio; c) Venta al por menor de carbón y leña; d) La prestación de servicios en calidad de contratista o subcontratista en obras menores de construcción; instalaciones para obras de construcción; otras actividades especializadas de construcción; mantención y reparación de edificios, pudiendo desarrollar tales actividades por cuenta propia o por medio de terceros, y ampliar el giro a cualquiera otra actividad lícita relacionada o no con las anteriores”; B) Modifican cláusula cuarta quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO:

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CIEDAD COMERCIAL SAN VICENTE LIMITADA nombre fantasía COMERCIAL SAN VICENTE LTDA socio 78111582-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAÚL FARREN PAREDES, Notario Público Primera Notaria de Viña del Mar, Villanelo 66, Viña del Mar, certifica: Por escritura pública hoy ante mi, PAOLA ANDREA TORO ARCAYA, Ced. Id. N°14.625.725-9, MARIO ROLANDO ANDRÉS MENESES VALENCIA, Ced. Id. N°13.496.964-4, y FELIPE IGNACIO ARCAYA TORO, Céd. Id. N°19.613.495-6, todos domiciliados Carretera F – 30 E, s/n, comuna Puchuncaví, resciliaron contrato de cesión de derechos sociales y modificación de estatutos de SOCIEDAD COMERCIAL SAN VICENTE LIMITADA nombre fantasía COMERCIAL SAN VICENTE LTDA., RUT N° 78.111.582-7, celebrado mediante escritura pública de fecha 22-MAY-2025, Repertorio Nº970, otorgada ante esta misma Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 11-JUL-2025, dejándolo si efecto en todas sus partes, restituyendo parte cedente Mario Rolando Andrés Meneses Valencia a cesionario Ignacio Arcaya Toro, la suma de dinero que se pagó por cesión de derechos, otorgándose completo y total finiquito respecto a la resciliación. Mediante misma escritura extractada, los comparecientes ya individualizados, modificaron la referida SOCIEDAD COMERCIAL SAN VICENTE LIMITADA, y/o COMERCIAL SAN VICENTE LTDA., constituida 26 de Julio de 2022, ante Notario Público Titular de Viña del Mar Eliana Gervasio Zamudio, Repertorio N°4125, publicada en extracto en Diario Oficial de fecha 13-AGO-2022 e inscrita a Fojas 25 Vta., Número 26 del Registro de Comercio de Quintero de 2022, capital constitutivo y actualmente vigente $3.000.000.- Modificaciones consisten: A) La socia PAOLA ANDREA TORO ARCAYA vendió, cedió y transfirió totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 20% en el capital social, a FELIPE IGNACIO ARCAYA TORO, quien adquirió y aceptó para sí. Precio cesión $600.000 pagado con anterioridad a entera conformidad de la cedente. B) El socio MARIO ROLANDO ANDRÉS MENESES VALENCIA, de su 80% en el capital social, vendió, cedió y transfirió 25 % a FELIPE IGNACIO ARCAYA TORO, quien compro, adquirió y aceptó para sí, lo que equivale a otro 20% en el capital social. Precio cesión $600.000.- pagado con anterioridad a entera conformidad del cedente. A consecuencia cesión de derechos societarios realizados por doña PAOLA ANDREA TORO ARCAYA, ésta se retira de SOCIEDAD COMERCIAL SAN VICENTE LIMITADA, nombre fantasía COMERCIAL SAN VICENTE LTDA., quedando como únicos socios MARIO ROLANDO ANDRÉS MENESES VALENCIA, con un 60 % en el capital social; y FELIPE IGNACIO ARCAYA TORO, con un 40 % en el capital social; quienes modifican siguientes cláusulas de estatutos constitutivos: Modifican cláusula tercera quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto Social: El objeto de la Sociedad será la realización de las siguientes actividades comerciales: a) Elaboración de alimentos preparados con consumo al paso; b) Servicio de restaurant y comidas a domicilio; c) Venta al por menor de carbón y leña; d) La prestación de servicios en calidad de contratista o subcontratista en obras menores de construcción; instalaciones para obras de construcción; otras actividades especializadas de construcción; mantención y reparación de edificios, pudiendo desarrollar tales actividades por cuenta propia o por medio de terceros, y ampliar el giro a cualquiera otra actividad lícita relacionada o no con las anteriores”; B) Modifican cláusula cuarta quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: Capital Social: El capital social es la suma de TRES MILLONES DE PESOS aportados y enterados a la sociedad en los siguientes porcentajes: UNO) El socio Mario Rolando Andrés Meneses Valencia, aporta la suma de un millón ochocientos mil pesos, dinero efectivo, suma ya ingresada a la caja social, lo que equivale al sesenta por ciento del capital social; DOS) El socio Felipe Ignacio Arcaya Toro aporta la suma de un millón doscientos mil pesos, dinero efectivo, suma ya ingresada a la caja social, lo que equivale al cuarenta por ciento en el capital social”; y por último modifican cláusula séptima relativa a la administración y representación de la sociedad, designando como nuevo representante legal al socio MARIO ROLANDO ANDRÉS MENESES VALENCIA, revestido de todas y cada una de las facultades de administración y disposición establecidas en dicha cláusula, incluyendo facultades de Autocontratar. En todo lo no modificado seguirán vigente estatutos constitutivos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador facultado legalización. Viña del Mar, 24 de Julio del 2025.