NEW HORIZONS TRADING SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2025
- Repertorio
- 6786-2025
- Comuna
- Santiago
Objeto social
- El objeto de la sociedad será efectuar toda clase de inversiones mobiliaria e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, instrumentos de crédito, fondos mutuos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. Para el cumplimiento del objeto social la compañía podrá, ya sea por cuenta propia o ajena, desarrollar por ella misma las acciones antes mencionadas, o ejecutarlas por intermedio de otras sociedades en las que participe o constituya al efecto, o de terceros.”,
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Conservador de Bienes Raíces de Santiago | socio | 76827074-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado Notario Público Interino 7º Notaría Santiago, Agustinas 1161 entrepiso, certifico Con fecha 24 de julio de 2025, repertorio 6786- 2025, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “NEW HORIZONS TRADING SpA”, inscrita a fojas 81125 número 53325 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, RUT 76.827.074-0, celebrada el 23 de julio de 2025, ante presencia del señor Notario, en la que se acordó modificar los estatutos sociales con el cambio de objeto social, cambiando la Cláusula Tercera del Estatuto Social, por la siguiente: “TERCERO.- OBJETO:- El objeto de la sociedad será efectuar toda clase de inversiones mobiliaria e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, instrumentos de crédito, fondos mutuos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. Para el cumplimiento del objeto social la compañía podrá, ya sea por cuenta propia o ajena, desarrollar por ella misma las acciones antes mencionadas, o ejecutarlas por intermedio de otras sociedades en las que participe o constituya al efecto, o de terceros.”, demás cláusulas no se modifican. Santiago, 29 Julio 2025.