CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA ACUICOLA, DE PESCA ARTESANAL, Y TURISMO LOS VILOS

CVE 2680908
Capital
$5.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
PABLO BARRANTES DÍAZ
Domicilio
agrupación de comunas de Los Vilos y Canela

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
La Cooperativa está domiciliada en la comuna de Los Vilos, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene como objetos específicos: -Solicitar y explotar áreas de manejo, a cualquier título, y en especial áreas de manejo de recursos bentónicos - Proporcionar a sus socias y socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades - Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua - Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local - Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales - Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus integrantes como a terceros - Incorporar a la cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados y asociadas - Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo - Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros - Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas - La cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo - Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación - Contratar créditos con entidades tanto privadas, como públicas, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de las faenas pesqueras - Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal - Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos - En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del

Administración

La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente; d) La Junta de Vigilancia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO BARRANTES DÍAZ, Notario Público de la agrupación de comunas de Los Vilos y Canela, con oficio en calle Colo Colo número trescientos cuarenta y cinco, comuna y ciudad de Los Vilos. Certifico: que por escritura pública treinta y uno de julio de dos mil veinticinco, Repertorio ochocientos sesenta y ocho, otorgada ante mí, de fecha treinta de julio de dos mil veinticinco, se redujo a escritura pública Acta Junta General Constitutiva y Estatuto Social de la “COOPERATIVA ACUICOLA, DE PESCA ARTESANAL, Y TURISMO LOS VILOS”, sigla o nombre de fantasía será “CAPETUR”, celebrada el veintiocho de julio de dos mil veinticinco, con la asistencia de 27 socios que concurren en la constitución de la cooperativa y aprobación de estatutos; Domicilio: La Cooperativa está domiciliada en la comuna de Los Vilos, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero; Duración: La Cooperativa tendrá duración indefinida; Objeto: La cooperativa tiene como objetos específicos: -Solicitar y explotar áreas de manejo, a cualquier título, y en especial áreas de manejo de recursos bentónicos - Proporcionar a sus socias y socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades - Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua - Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local - Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales - Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus integrantes como a terceros - Incorporar a la cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados y asociadas - Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo - Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros - Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas - La cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo - Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación - Contratar créditos con entidades tanto privadas, como públicas, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de las faenas pesqueras - Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal - Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos - En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. Además como objetos específicos dedicarse a la producción y/o transformación de productos y bienes, y/o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios en los rubros de producción, recolección, transformación, compra, transporte, distribución, comercialización, venta, exportación de recursos pesqueros y acuícolas de todo tipo y sus derivados. Asimismo, tendrá por objeto la comercialización y exportación de los mismos productos sea por cuenta propia o de sus cooperados, sea de producción propia, de sus cooperados o de terceros. Podrá dedicarse a la conservación, tratamiento y procesamiento de recursos acuícolas y pesqueros y de explotar, administrar, usufructuar, áreas de manejo de recursos bentónicos en su potencial calidad de titular de la misma. Administrar concesiones de caleta, marítimas, de acuicultura y otros bienes muebles e inmuebles relacionados con el borde costero. Así mismo podrá realizar actividades de venta de servicios turísticos, culturales y compra -venta y/o comercialización de productos y bienes varios; Capital suscrito y pagado: y por ultimo La Cooperativa obtendrá, desarrollará y conservará el patrimonio de la cultura Changa de sus asociados, y los apoyará para su reconocimiento, certificación y visualización. Capital: El capital social es de $5.000.000.- pesos, dividido en 27 cuotas de participación, de un valor inicial de $185.185.- pesos cada una, que los socios suscriben y pagan así: con $185.185.- pesos que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo. Administración: La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente; d) La Junta de Vigilancia. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Los Vilos, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco.