MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES GISEL CONTRERAS VERDUGO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76748925-0 CVE 2680716
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2025
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2025
Notario
JORGE SCHWENKE ZUÑIGA
Oficio
2° Notaría de Rancagua con oficio en calle Bueras número 359 oficina 102
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
10 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de diez años cada uno de manera señalada en escritura. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos
Ley aplicable
ley 19.499

Objeto social

a) El transporte de toda clase de mercaderías y fletes, incluyendo pasajeros, ya sea en vehículos propios, arrendados o ajenos cedidos a cualquier título, la representación de empresas de transportes nacionales o extranjeras y toda otra actividad relacionada con el transporte, como el embalaje, gestiones portuarias, aduaneras y la logística involucrada; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, lease-back o cualquier otra forma de explotación de vehículos y maquinarias, nuevos o usados, así como de repuestos, motores o accesorios; y c) Cualquier otra actividad tendiente a la consecución del fin social. Para el cumplimiento de los objetos señalados anteriormente, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros

Administración

Corresponderá exclusivamente a socia doña Gisel Andrea Contreras Verdugo, amplios poderes señalados en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE SCHWENKE ZUÑIGA, Abogado, Notario Público, Titular de la 2° Notaría de Rancagua con oficio en calle Bueras número 359 oficina 102, Rancagua, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de julio de 2025, repertorio número 2661-2025 ante mí, doña Gisel Andrea Contreras Verdugo, chilena, casada y separada totalmente de bienes, de 47 años de edad, por sí y en representación en su calidad de administradora de Arriendo Fast Rental Chile Limitada, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.454.814-0, y en su calidad de empresaria de Transportes Gisel Contreras Verdugo Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, empresa del giro de su denominación, RUT 76.748.925-0, todos domiciliados en Carretera El Cobre s/n, kilómetro 10, comuna de Machalí, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, acordaron la transformación de TRANSPORTES GISEL CONTRERAS VERDUGO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, constituida conforme a las disposiciones de la ley número 19.857 y demás normativa pertinente mediante escritura pública de fecha 16/12/2016 otorgada ante don Ernesto Montoya Peredo, Notario Titular de la 3ª. Notaría de Rancagua, extracto publicado en versión electrónica del Diario Oficial del 06/01/2017. Sin embargo, dicho extracto no fue inscrito en tiempo y forma en el Registro de Comercio de Rancagua, por lo que de conformidad a disposiciones de la ley 19.499, mediante escritura de saneamiento de fecha 23/03/2017 otorgada ante doña Ximena Carmona Torres, notario suplente del Titular de la 3ª. Notaría de Rancagua de don Ernesto Montoya Peredo, se procedió a sanear los vicios incurridos en su constitución, cuyo extracto, en conjunto con el extracto de la escritura de constitución, fue inscrito en el Registro de Comercio de Rancagua a fojas 453 número 348 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2017 y se publicó en versión electrónica del Diario Oficial de fecha 21/04/2017. Mediante escritura que se extracta, la empresa se transforma en una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada al monto de sus respectivos aportes regida por la ley n° 3.918, sus modificaciones y demás normativa pertinente, mediante la incorporación como socia de Arriendo Fast Rental Chile Limitada, quien procedió a realizar un aporte de capital de $7.000.000, cuyos estatutos extracto: RAZÓN SOCIAL: Será “TRANSPORTES CUATRO SOLES LIMITADA”, la que podrá actuar, inclusive ante los bancos, con el nombre de fantasía de “4 SOLES LIMITADA” y/o “CUATRO SOLES LIMITADA” y en ambos casos también podrá usarse la expresión abreviada de limitada “LTDA.”. DOMICILIO. Rancagua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en el resto del país o del extranjero. OBJETO: a) El transporte de toda clase de mercaderías y fletes, incluyendo pasajeros, ya sea en vehículos propios, arrendados o ajenos cedidos a cualquier título, la representación de empresas de transportes nacionales o extranjeras y toda otra actividad relacionada con el transporte, como el embalaje, gestiones portuarias, aduaneras y la logística involucrada; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, lease-back o cualquier otra forma de explotación de vehículos y maquinarias, nuevos o usados, así como de repuestos, motores o accesorios; y c) Cualquier otra actividad tendiente a la consecución del fin social. Para el cumplimiento de los objetos señalados anteriormente, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá exclusivamente a socia doña Gisel Andrea Contreras Verdugo, amplios poderes señalados en escritura. CAPITAL: $10.000.000, suma que los socios aportan y pagan, de la siguiente amanera: a) La socia doña Gisel Andrea Contreras Verdugo, aporta la suma de $3.000.000, que corresponde al capital inicial de la E.I.R.L que por este acto se transforma, cantidad enterada y pagada en su totalidad con anterioridad a esta fecha, equivalentes al 30% de los derechos sociales. b) La socia Arriendo Fast Rental Chile Limitada, aporta la cantidad de $7.000.000 en dinero efectivo que se entera en arcas sociales en este acto, equivalentes al 70% de los derechos sociales. DURACIÓN: 10 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de diez años cada uno de manera señalada en escritura. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demas estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 31 de julio de 2025.