SERVICIOS INTEGRALES LOBO SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2025
- Repertorio
- 1917-2025
- Notario
- otorgada ante don Juan Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS INTEGRALES LOBO SPA | socio | 77614879-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTHOPER EDUARDO MONTECINO VENEGAS, Notario Suplente del titular de la Décimo Segunda Notaría de Concepción de don JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, según decreto económico N°172, protocolizado al final de los registros del presente mes, bajo el N°1.209, con oficio en Avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que, por Escritura Pública de fecha 23 de Julio de 2025, bajo el repertorio N°1.917-2025, ante JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, se llevó a cabo la Junta Extraordinaria de Accionistas número uno (1) de la sociedad SERVICIOS INTEGRALES LOBO SPA, RUT 77.614.879-2, del giro alquiler de otros tipos de máquinas y equipos sin operario no clasificado previamente, constituida por Escritura Pública de fecha 28 de junio del 2022, otorgada ante don Juan Espinosa Bancalari, Notario Público de Concepción, repertorio 2.569, extracto inscrito en el Registro de Comercio de Concepción a fojas 1084 vuelta bajo el número 735 del año 2022, publicado en el ALEJANDRA ACOSTA ROSAS, cédula nacional de identidad número 23.430.941-2, en calidad de Presidenta, don FRANCISCO ARMANDO CONTRERAS DEVIA, cédula nacional de identidad número 16.999.728-4, en calidad de Secretario, doña ALMA VERONICA ROSAS GARCIA, cédula nacional de identidad número 23.430.965-K, quien es administradora y titular de todas y cada una de las acciones de la sociedad, y el señor Notario Público, don JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTÍN, en dicha calidad, CNI 9.703.705-1, verificándose el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos para la correcta realización de esta Junta Extraordinaria de Accionistas, y cumpliéndose con el quorum legal y estatutario para sesionar y adoptar acuerdos válidos, se arribó a los siguientes acuerdos: ACUERDO N°1.AMPLIACIÓN DEL OBJETO DE LA SOCIEDAD: En consecuencia, se acuerda modificar, de los estatutos de la sociedad, el ARTÍCULO CUARTO, LETRA E, el que queda como sigue: “e) Mantenimientos de Equipos de Medición, Laboratorio y Servicios de Calibración y Ensayos”. A su vez, agréguese al mismo artículo, una LETRA F, con el siguiente tenor: “g) Toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que la constituyente o accionistas deseen realizar”. ACUERDO N°2. ÉPOCA DE LAS JUNTAS ORDINARIAS DE ACCIONISTAS: Se modifica del artículo DECIMO OCTAVO, únicamente la frase: “Las primeras se celebrarán una vez al año dentro del trimestre siguiente a la fecha del balance”, por la frase del siguiente contenido: “Las primeras se celebrarán una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha del balance”. ACUERDO N°3. ÉPOCA DEL BALANCE GENERAL DE LAS OPERACIONES DE LA SOCIEDAD: Se modifica el contenido del artículo VIGESIMO OCTAVO, por el del siguiente tenor: “Dentro del mes de abril de cada año, se practicará un balance general de las operaciones de la sociedad”. ACUERDO N°4. MODIFICACION DE LA CANTIDAD DE INSPECTORES TITULARES Y SUPLENTES Y DEL NOMBRAMIENTO DE ESTOS: Suprímase el contenido del ARTÍCULO TRIGESIMO y agréguese el del siguiente tenor: “Las juntas Ordinarias de Accionistas, el Administrador o el Gerente General, conjunta o separadamente, podrán designar anualmente a un inspector de cuentas titular y otro suplente, o bien auditores externos independientes, para que ejerzan las funciones de fiscalización, con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance u otros estados financieros de la sociedad, vigilar y fiscalizar la administración, debiendo informar por escrito a la próxima Junta Ordinaria de Accionistas sobre el cumplimiento de su mandato”. ACUERDO N°5. MODIFICACION DE ESTATUTOS: Suprímase del artículo VIGÉSIMO número DOS, la siguiente frase: “y la reforma de sus estatutos”. ACUERDO N°6. FORMAS DE MODIFICACION AL ESTATUTO SOCIAL: Agréguese un TÍTULO NOVENO, con la frase “DE LA FORMAS DE MODIFICACION DEL PRESENTE ESTATUTO”, y agréguese un ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO a dicho título, con el siguiente contenido: “La reforma o modificación del presente estatuto, podrá efectuarse por cualquiera de las vías establecidas en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio”. No habiendo otros puntos que tratar, la Presidente da por terminada la Junta Extraordinaria, siendo las diez horas con cero cero minutos, firmándose el acta respectiva por la Presidente, el Secretario y la titular de todas y cada una de las acciones de la sociedad. Debidamente autorizado, redujo el acta de la presente Junta Extraordinaria de Accionistas a Escritura Pública, don EMILIO ENRIQUE CASTRO VELOZO, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 19.814.277-8. En todo lo no expresamente modificado por la Junta Extraordinaria de Accionistas número uno de esta sociedad, por la Escritura Pública extractada, se mantendrá íntegramente el estatuto modificado. El capital de la sociedad se mantiene en $10.000.000. Concepción, 25 de julio de 2025.