MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Piedra Linda Limitada

RUT 76341161-3 CVE 2680423
Capital
$3.579.374.728 CLP
Fecha instrumento
1 de julio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2025
Notario
María Soledad Lascar Merino
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.579.374.728 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Desde el día de la transformación hasta el 31 de diciembre de 2050

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, la renta de capitales mobiliarios, la realización de todo tipo de actos o contratos civiles respecto de toda clase de bienes, la participación en toda clase de sociedades, demás actividades civiles relacionadas. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, Abogada, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Av. Isidora Goyenechea número 3477, oficina 10, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 01 de julio de 2025, comparecieron ante mí don MAURICIO IVÁN FUENTES PENRROZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula de identidad número diez millones ciento treinta y cuatro mil setecientos sesenta y nueve guion nueve; doña JIMENA ROSARIO HERNÁNDEZ CABEZA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, tecnólogo médico, cédula de identidad número ocho millones trescientos dieciocho mil setecientos veintitrés guion nueve; don MAURICIO IGNACIO FUENTES HERNÁNDEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil en industrias, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos setenta y dos mil ciento treinta y cinco guion nueve; doña DANIELA PAZ FUENTES HERNÁNDEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciocho millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos sesenta y nueve guion uno; e INVERSIONES HFH SpA rol único tributario número setenta y seis millones trescientos cuarenta y un mil ciento noventa y nueve guion cero, esta última sociedad representada por doña DANIELA PAZ FUENTES HERNÁNDEZ y don MAURICIO IGNACIO FUENTES HERNÁNDEZ, ambos ya individualizados, todos domiciliados para estos efectos en calle San Crescente Nº 384, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, transformaron la sociedad “INVERSIONES PIEDRA LINDA LIMITADA”, la que se constituyó por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Díez Morello, con fecha 06 de mayo del año 2014, inscribiéndose su extracto a fojas 34.523, Nro. 21.580 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y publicado con fecha 12 de mayo de 2014, en la forma siguiente: que los comparecientes, en su calidad de socios de Inversiones Piedra Linda Limitada, transforman la sociedad de responsabilidad limitada en una Sociedad por Acciones. Sociedad transformada: Razón Social: “INVERSIONES PIEDRA LINDA SpA”, pudiendo usar asimismo el nombre de fantasía “PIEDRA LINDA SpA”, con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, la renta de capitales mobiliarios, la realización de todo tipo de actos o contratos civiles respecto de toda clase de bienes, la participación en toda clase de sociedades, demás actividades civiles relacionadas. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Domicilio: Santiago. Duración: Desde el día de la transformación hasta el 31 de diciembre de 2050. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $3.579.374.728, dividido en 10.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Julio de 2025.