CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Comercial Mario Gierke Quevedo Servicios Automotrices Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CVE 2680667
Fecha instrumento
28 de julio de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2025
Repertorio
651-2025
Notario
ESTEFANO ALEXANDER MERINO MELLA abogado
Domicilio
comuna de Cabrero

Sociedad

Domicilio
el domicilio de la empresa será la comuna de Cabrero
Duración
El plazo de duración de la empresa será de cinco años contados desde la fecha de esta escritura. Se entenderá prorrogada su duración en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que se le ponga término por alguna de las causas señaladas en el artículo quince de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, en especial por la voluntad del empresario

Administración

La representacion y uso razón social se regirá por lo dispuesto en el artículo noveno de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y, en consecuencia, corresponderá a MARIO ALEJANDRO GIERKE QUEVEDO, con todas las facultades de administración y disposición, sin perjuicio que en el futuro pueda designar un gerente general en un instrumento publico separado a la escritura matriz de constitución de sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESTEFANO ALEXANDER MERINO MELLA abogado, Notario Público de la comuna de Cabrero, suplente del Titular don MIGUEL RAMÍREZ ÁLVAREZ, con oficio en Avenida Vial número ciento noventa y nueve guion B, cuidad de Cabrero, Provincia del Biobío, Región del Biobío; CERTIFICO: Por escritura de fecha 28 de julio de 2025 repertorio N°651-2025, ante mí, don MARIO ALEJANDRO GIERKE QUEVEDO, cédula nacional de identidad y rol único tributario número catorce millones treinta mil novecientos sesenta guión cinco, de cuarenta y cuatro años de edad, domiciliado en calle Aníbal Pinto ochocientos veintiséis, comuna de Cabrero, Provincia de Biobío, Región del Biobío, el compareciente mayor de edad, Constituyo empresa individual de responsabilidad limitada, en especial estipulaciones de escritura extrada. NOMBRE SOCIEDAD: “Comercial Mario Gierke Quevedo Servicios Automotrices Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, nombre fantasía “J & B Automotriz Empresa Individual de Responsabilidad Limitada” pudiendo en todos los casos, abreviar la frase “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, por “E.I.R.L.- DOMICILIO: el domicilio de la empresa será la comuna de Cabrero, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero.- ADMINISTRACIÓN: La representacion y uso razón social se regirá por lo dispuesto en el artículo noveno de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y, en consecuencia, corresponderá a MARIO ALEJANDRO GIERKE QUEVEDO, con todas las facultades de administración y disposición, sin perjuicio que en el futuro pueda designar un gerente general en un instrumento publico separado a la escritura matriz de constitución de sociedad .- CAPITAL: El capital de la empresa será de cuarenta y siete millones de pesos que se entera de la siguiente manera: A) veinte millones de pesos en efectivo que entera en este acto en la caja de la empresa y, B) veintisiete millones de pesos que se enteran con el aporte en dominio del inmueble de su propiedad consistente en el Sitio Cuatro, manzana A, de una superficie aproximada de cuatrocientos cincuenta y ocho coma quince metros cuadrados, de la Población Osvaldo Muñoz Carrasco, comuna de Cabrero, Provincia del Bío-Bío, Región del Bío-Bío, cuyas medidas y deslindes según sus títulos son los siguientes: Norte: sitio número tres de María Luz Arroyo, en treinta y dos coma setenta y cinco metros; Este, calle Aníbal Pinto en catorce metros; Sur, sitio número cinco de María Ercira Fernández Cuevas, en treinta y dos coma setenta metros; y Oeste, Estadio, en catorce metros. Su rol de avalúo para los efectos del impuesto territorial es el número cuarenta y ocho guión dos de la comuna de Cabrero. La inscripción de este inmueble a nombre del constituyente de la empresa Mario Alejandro Gierke Quevedo rola a fojas dos mil setecientos treinta y siete bajo el número mil cuatrocientos veinticinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero correspondiente al año dos mil catorce.- DURACION: El plazo de duración de la empresa será de cinco años contados desde la fecha de esta escritura. Se entenderá prorrogada su duración en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que se le ponga término por alguna de las causas señaladas en el artículo quince de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, en especial por la voluntad del empresario..- Demas estipulaciones en escritura publica extractada.- Cabrero, 28 de julio de 2025.