Sociedad de Profesionales Grupo VKL Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Lo Barnechea
- Comuna
- Lo Barnechea
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa 1201, local 101, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que mediante escritura pública de fecha 18 de junio de 2025, otorgada ante mí, Repertorio Número 3.913-2025, comparecieron: doña Bernardita Rosario Valdés Lutz, doña Úrsula Denisse Kiwi Beiger, y don Nikola Ljubetic Vacarezza, todos con domicilio en Avenida Luis Pasteur 5280, oficina 402, Vitacura, Región Metropolitana, únicos socios de SOCIEDAD DE PROFESIONALES GRUPO VKL LIMITADA, (la “Sociedad”) inscrita a fojas 42.622, Número 23.385 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y acordaron: Uno. Cesión de Derechos. Con el consentimiento de la totalidad de los socios, don Nikola Ljubetic Vacarezza vende, cede y transfiere en partes iguales a doña Bernardita Rosario Valdés Lutz y a doña Úrsula Denisse Kiwi Beiger la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes a un 30% del total, por un precio de $4.300.000. En consecuencia, don Nikola Ljubetic Vacarezza se retira de la Sociedad, quedando doña Bernardita Rosario Valdés Lutz y doña Úrsula Denisse Kiwi Beiger como únicas socias, en partes iguales. Dos. Modificación de estatutos. Debido a la cesión de derechos precedente, doña Bernardita Rosario Valdés Lutz y doña Úrsula Denisse Kiwi Beiger, en su calidad de únicas socias de la Sociedad, acuerdan modificar el estatuto social, en el siguiente sentido: (i) Modificar el Artículo Primero, relativo al nombre de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente texto: “Artículo Primero: Nombre de la Sociedad. El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES GRUPO VK LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “GRUPO VK ABOGADOS”, inclusive ante Bancos, Instituciones Financieras y, en general, ante cualquier persona sea natural o jurídica, como así también ante cualquier autoridad.”; (ii) Modificar el Artículo Quinto, relativo al capital de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente texto: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de catorce millones trescientos mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, por los únicos y actuales socios de la misma de la siguiente manera: (uno) doña Bernardita Rosario Valdés Lutz entera y paga la suma de siete millones ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales, y (dos) doña Úrsula Denisse Kiwi Beiger entera y paga la suma de siete millones ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales”; y (iii) Modificar el Artículo Séptimo, relativo a la administración de la Sociedad y el uso de la razón social, indicando que ésta corresponderá indistintamente a una cualquiera de las socias Bernardita Rosario Valdés Lutz y Úrsula Denisse Kiwi Beiger, con todas las facultades indicadas en dicho artículo. Socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Julio de 2025.