MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

D & F RESTAURANTES RANCAGUA LIMITADA

RUT 76110010-6 CVE 2679989
Fecha instrumento
29 de julio de 2025
Notaría
Rancagua doña CECILIA GÁLVEZ PINO

Instrumento

Fecha
29 de julio de 2025
Repertorio
1871/2025
Notario
Celeste Becerra Marín
Oficio
Titular de la Quinta Notaría de Rancagua doña CECILIA GÁLVEZ PINO
Comuna
Rancagua doña CECILIA GÁLVEZ PINO

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
F RESTAURANTES RANCAGUA LIMITADA socio 76110010-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Celeste Becerra Marín, abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Quinta Notaría de Rancagua doña CECILIA GÁLVEZ PINO, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Por escritura de fecha 29 de julio de 2025, repertorio 1871/2025, ante Notario Titular de este oficio, don JOSE FRANCISCO PARRA MENA, chileno, casado, administrador público, cédula nacional de identidad número 12.912.593-4, domiciliado en calle Marte número 01125, villa Teniente, comuna de Rancagua; don LUIS ALFREDO GONZALEZ ÁVILA, chileno, casado, ingeniero en ejecución en administración de empresa, cédula nacional de identidad número 12.516.953-8, domiciliado en calle Aguas Claras número 0824, departamento 31, villa Nueva Cordillera, comuna de Rancagua; y doña CLAUDIA ALEJANDRA FUENZALIDA DÍAZ, chilena, casada, trabajadora, cédula nacional de identidad número 12.291.521-2, domiciliada en calle Aguas Claras número 0824, departamento 31, villa Nueva Cordillera, comuna de Rancagua, modifican la sociedad D & F RESTAURANTES RANCAGUA LIMITADA, RUT N° 76.110.010-6.- Socios: Los comparecientes dejaron constancia que los únicos socios eran don JOSE FRANCISCO PARRA MENA, con un 50% de los derechos sociales y don LUIS ALFREDO GONZALEZ AVILA, con un 50Þ los derechos sociales.- Modificación: Don JOSE FRANCISCO PARRA MENA, vende, cede y transfiere a doña CLAUDIA ALEJANDRA FUENZALIDA DIAZ, la totalidad de los derechos sociales del que es titular, ascendente al 50% de la totalidad de los derechos sociales. El precio de cesión: $20.000.000, que cesionaria pagó en el acto, declarando el cedente recibirlo en dinero en efectivo, al contado, a su más entera satisfacción. En todo lo demás siguen vigente las estipulaciones anteriores.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 30 de julio de 2025.-