Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2025
- Repertorio
- 856-2025
- Notario
- HERBERT JAMES MUNDY CASANOVA
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La cooperativa tendrá su domicilio en la comuna de Puerto Natales, provincia de Última Esperanza, región de Magallanes y de la Antártica Chilena, siendo este su centro de operaciones principal. No obstante, se podrá establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier otra parte del país o del extranjero, con el objetivo de expandir sus servicios y fortalecer su presencia en el mercado nacional e internacional. (3)
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La razón social de la cooperativa es COOPERATIVA DE SERVICIOS VIBRAS MARINAS, y podrá utilizar para efectos comerciales, bancarios, contractuales y promocionales la designación de fantasía COOPERATIVA VIBRAS MARINAS, la cual será de uso exclusivo de la cooperativa. (2)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERBERT JAMES MUNDY CASANOVA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas, Titular de Última Esperanza, con oficio en la ciudad de Puerto Natales, calle Carlos Bories N° 454, Oficina C, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 29 de Julio de 2025, ante mí, Repertorio 856-2025, don Francisco Javier Caro Chávez, chileno, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos ochenta y seis mil quinientos setenta y uno-tres, con domicilio en esta ciudad en calle Tegualda número mil treinta y cinco, Comuna de Natales, debidamente facultado redujo a escritura pública el acta de la Junta General Constitutiva de la “COOPERATIVA DE SERVICIOS VIBRAS MARINAS” O “COOPERATIVA VIBRAS MARINAS”, de fecha 29 de Julio del año 2025, cuyos socios fundadores acordaron: (1) RAZÓN SOCIAL: OBJETO: La razón social de la cooperativa es COOPERATIVA DE SERVICIOS VIBRAS MARINAS, y podrá utilizar para efectos comerciales, bancarios, contractuales y promocionales la designación de fantasía COOPERATIVA VIBRAS MARINAS, la cual será de uso exclusivo de la cooperativa. (2) DOMICILIO: La cooperativa tendrá su domicilio en la comuna de Puerto Natales, provincia de Última Esperanza, región de Magallanes y de la Antártica Chilena, siendo este su centro de operaciones principal. No obstante, se podrá establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier otra parte del país o del extranjero, con el objetivo de expandir sus servicios y fortalecer su presencia en el mercado nacional e internacional. (3) DURACIÓN: La cooperativa tendrá una duración indefinida, manteniéndose en existencia mientras cumpla con su objeto social y no se presenten las causales generales de disolución establecidas en la Ley General de Cooperativas o en este mismo estatuto social. (4) OBJETO SOCIAL: La cooperativa tendrá su domicilio en la comuna de Puerto Natales, provincia de Última Esperanza, región de Magallanes y de la Antártica Chilena, siendo este su centro de operaciones principal. No obstante, se podrá establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier otra parte del país o del extranjero, con el objetivo de expandir sus servicios y fortalecer su presencia en el mercado nacional e internacional. (5) CAPITAL SOCIAL: El capital de la cooperativa es la suma de $500.000 (quinientos mil pesos), compuesto por las aportaciones de los socios iniciales, dividido en 500 cuotas de participación, con un valor inicial de $1.000 pesos, correspondiendo a 100 cuotas de participación por cada unos de los socios. Socios Fundadores: Concurrieron 5 socios (todas personas naturales) a la Junta General Constitutiva. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Puerto Natales, 30 de Julio del año 2025.