SOLO EXPEDICIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2025
- Repertorio
- 1392-25
- Notario
- JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES
- Oficio
- Segunda Notaria de Punta Arenas
- Comuna
- Punta Arenas
Sociedad
- Capital
- $4.977.556 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Punta Arenas de Chile
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N°3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será la explotación de los rubros de turismo, restaurantes y hoteles, específicamente, la explotación del rubro de agencia de turismo, excursiones, circuitos y servicios turísticos, transporte de personas y cargas ya sea marítimo, aéreo o terrestre, restaurantes, parrillas, bares, cantinas, clubes, marisquerías, pizzerías, cervecerías, hoteles, hosterías, alojamiento, hospedaje, moteles, cabañas, la prestación de todo tipo de servicios y asesorías en relación a dichos giros
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL y don JUAN PABLO SOLO DE ZALDÍVAR PÉREZ, ya individualizados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Punta Arenas, con oficio en esta ciudad en calle Presidente Errázuriz N°877, Certifica: Que, por Escritura Pública de día 27 de junio de 2025, Repertorio 1392-25, ante mí, comparecieron: ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, chileno, casado bajo régimen de separación de bienes, empresario, cédula de identidad N°6.256.674-4, domiciliado para estos efectos en calle José Nogueira N°1.255, comuna y ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, y don JUAN PABLO SOLO DE ZALDÍVAR PÉREZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad N°16.337.679-2, domiciliado para estos efectos en calle Río de los Ciervos km cinco coma cinco sur, comuna y ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, en calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “SOLO EXPEDICIONES LIMITADA” (antigua “RESTAURANT, TURISMO Y HOTELES ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR E.I.R.L.”), rol único tributario N°76.338.510-8, constituida mediante escritura pública de fecha 19 de abril del año 2005, ante Notario Público de Magallanes y Antártica chilena de don Horacio Silva Reyes, extracto inscrito a fojas 114, número 109 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas, correspondiente al año 2005 y publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de abril del mismo año, dicha sociedad fue objeto de una transformación en virtud de la escritura pública suscrita el día 26 de junio de 2025 ante don José Antonio Martínez Demandes, Notario Público Interino de 2ª Notaria de Punta Arenas, encontrándose en proceso de inscripción y publicación correspondiente. Los actuales y únicos socios acordaron respecto a la respectiva sociedad lo siguiente: a) Dividir la sociedad en dos compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma razón social y personalidad jurídica, y una nueva denominada “SOLO EXPEDICIONES II LIMITADA”, todo ello con efecto desde el día de la suscripción de la presente escritura, esto es, 27 de junio de 2025 para todos los efectos legales, contables, tributarios y patrimoniales correspondientes; b) Disminuir el capital de “SOLO EXPEDICIONES LIMITADA” ascendente a $16.480.000, a la suma de $11.502.444, todo ello por efecto de la distribución de su patrimonio entre dicha sociedad y la nueva. En consecuencia, acuerdan reemplazar la cláusula quinta de sus estatutos referente al capital, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad ascendente a once millones quinientos dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos, el que se encuentra totalmente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, ha aportado la suma de once millones ciento sesenta y siete mil cuatrocientos veintiún pesos, equivalente al noventa y siete por ciento del capital social; y b) JUAN PABLO SOLO DE ZALDÍVAR PÉREZ, su aporte consistente en su trabajo personal, permanente y de jornada completa, que se obliga a prestar a la sociedad, mientras ésta esté vigente a respecto, el cual se valora en la suma de trescientos treinta y cinco mil veintitrés pesos por las partes, equivalente al tres por ciento del capital social, que se extiende aportado en este acto. El capital se encuentra totalmente enterado y pagado, otorgando la sociedad el más amplio y completo finiquito”. c) Se aprueba el estatuto de la sociedad que nace de la división y que regirá a partir del 27 de junio de 2025, como sigue: “Por este acto e instrumento, don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, ya individualizado, y don JUAN PABLO SOLO DE ZALDÍVAR PÉREZ, ya individualizado, todos domiciliados para estos efectos en calle Paul Harris N°10.777, departamentoN°14, comuna de Las Condes, región Metropolitana; los comparecientes mayores de edad, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las cláusulas que siguen y, en subsidio, por las prescripciones de la Ley N°3.918 y sus modificaciones, y las del Código Civil que le fueren aplicables. Razón social: “SOLO EXPEDICIONES II LIMITADA”. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Punta Arenas de Chile, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la explotación de los rubros de turismo, restaurantes y hoteles, específicamente, la explotación del rubro de agencia de turismo, excursiones, circuitos y servicios turísticos, transporte de personas y cargas ya sea marítimo, aéreo o terrestre, restaurantes, parrillas, bares, cantinas, clubes, marisquerías, pizzerías, cervecerías, hoteles, hosterías, alojamiento, hospedaje, moteles, cabañas, la prestación de todo tipo de servicios y asesorías en relación a dichos giros. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL y don JUAN PABLO SOLO DE ZALDÍVAR PÉREZ, ya individualizados. Capital: El capital de la sociedad, asciende a $4.977.556.- pesos, el que se encuentra totalmente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, ha aportado la suma de $4.832.579.- pesos, equivalente al 97 por ciento del capital social; y b) JUAN PABLO SOLO DE ZALDÍVAR PEREZ, ha aportado la suma de $144.977.- pesos, equivalente al 3 por ciento del capital social. El capital se encuentra totalmente enterado y pagado, otorgando la sociedad el más amplio y completo finiquito. Duración: La empresa tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Punta Arenas, 01 julio 2025.