SKINMON CENTER SERVICIOS MEDICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2025
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí CARLOS RODRIGO REYES VIVANCO, Avenida Costanera número 475, casa 333, Iquique por sí y en representación de MIRTA ELBADINA VIVANCO VERGARA, Avenida Gabriela Mistral número 3325, casa 18, Condominio Antumalal, Temuco y PAMELA ALEJANDRA FRACEI MONDACA, Avenida Costanera número 475, casa 333, Iquique; modifican la sociedad “SKINMON CENTER SERVICIOS MEDICOS LIMITADA", nombre de fantasía “SKINMONCENTER LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique a fojas 966, número 661, correspondiente al año 2019, publicada en el VIVANCO VERGARA, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad, equivalente al treinta y cinco por ciento del capital social del siguiente modo: a don CARLOS RODRIGO REYES VIVANCO, el veinte por ciento de los derechos en la suma de doscientos mil pesos, y a doña PAMELA ALEJANDRA FRACEI MONDACA, quien compra el quince por ciento de los derechos, en la cantidad de ciento cincuenta mil pesos, pagado al contado.- Como consecuencia de la cesión ,el capital social queda enterado y distribuido de la siguiente forma: CARLOS RODRIGO REYES VIVANCO, con un ochenta por ciento de los derechos sociales y PAMELA ALEJANDRA FRACEI MONDACA, con un veinte por ciento de los derechos sociales, quedando como únicos socios de la sociedad. Los actuales socios acuerdan que a CARLOS RODRIGO REYES VIVANCO le corresponderá el cuarenta por ciento de las utilidades y de las pérdidas y a doña PAMELA ALEJANDRA FRACEI MONDACA le corresponderá el sesenta por ciento de las utilidades y de las pérdidas. La administración, representación y el uso de la razón social continuará correspondiéndole CARLOS RODRIGO REYES VIVANCO, en particular la suscripción por sí solo de todo tipo de documentación ya sea ante entidades públicas y privadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo modificado rige plenamente pacto social. Iquique 19 de junio de 2025.