MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RADAL DOS SpA

RUT 76260428-0 CVE 2679282
Capital
$41.241.640 CLP
Fecha instrumento
11 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de julio de 2025
Repertorio
21018-2025
Notario
LUIS EDUARDO FLORES RIVAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$41.241.640 CLP

Objeto social

La inversión, coordinación y desarrollo, en cualquiera de sus formas y por cualquier medio, de la actividad inmobiliaria en general; (ii) efectuar inversiones y negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces urbanos y no urbanos; (iii) dar y tomar en arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles, raíces, amoblados o no, con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial, administrarlos, sean dichos bienes propios o de terceros; (iv) explotar, administrar o gravar en cualquier forma, bienes raíces, para obtener de ellos un beneficio pecuniario; (v) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, en especial en efectos de comercio, bonos, acciones y en general, en toda clase de valores mobiliarios, y la administración de estas inversiones (vi) Servicios de colocación, intermediación, recaudación, administración de inmuebles; (vii) La prestación de servicios de gerencia, administración de proyectos inmobiliarios, asesorías legales inmobiliarias, ventas, publicidad, marketing o la prestación de servicios en cualquier área inmobiliaria, legal o comercial (viii) en general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que sean necesarios o complementarios con los giros anteriores. Para lo anterior, la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y, en general, explotar en cualquier forma, toda clase de títulos, valores e instrumentos de inversión, sean éstos representativos de deuda o bien de capital de su emisión, pudiendo participar, asimismo, en toda clase de negocios, empresas y asociaciones o cuentas en participación. La sociedad podrá operar tanto dentro del territorio de la República de Chile como fuera de éste, de forma que estará autorizado para adquirir en el extranjero toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, sin limitación alguna, al igual que toda clase de títulos y valores, sea que éstos hubieren sido emitidos por entidades chilenas o de cualquier otra nacionalidad o bien por organismos internacionales. La sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier tipo y participar en ellas de cualquier forma, sean anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas civiles, colectivas comerciales, en comandita por acciones o sociedades por acciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO FLORES RIVAS, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular, don Álvaro González Salinas, con Oficio en Avenida Apoquindo número tres mil uno, segundo piso, Las Condes, Región Metropolitana, Certifica: Que por escritura pública de división de sociedad por acciones de fecha 11 de julio de 2025, repertorio N°21.018-2025, otorgada ante mí, comparecieron doña Sandra Irene Villalobos Meza y doña Renee Muriel Lara Miranda, ambas en representación de “ASESORIAS EXTERNAS SpA”, único accionista de “RADAL DOS SpA” (en adelante, la “Sociedad”), en la cual se dividió y modificó la Sociedad, en el siguiente sentido: i) Aprobación del balance de división de la Sociedad; ii) División de la Sociedad: Dividir la Sociedad en dos sociedades por acciones, una de las cuales conservará el nombre “RADAL DOS SpA”, Rut. 76.260.428-0, que será la continuadora jurídica, y la otra denominada “RADAL TRES SpA”; iii) Disminución de capital de “RADAL DOS SpA”: Se disminuye el capital de la suma de $55.418.555 a la cantidad de $14.176.915. En consecuencia, se acuerda la modificación de los Artículos Sexto y Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad asciende a $14.176.915, dividido en 14.176.915 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal.”; y “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al artículo sexto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad asciende a $14.176.915, dividido en 14.176.915 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por ASESORIAS EXTERNAS SpA.”; y iii) Aprobar los estatutos de la nueva sociedad “RADAL TRES SpA”, de los que extracto: doña Sandra Irene Villalobos Meza y doña Renee Muriel Lara Miranda, ambas en representación de ASESORIAS EXTERNAS SpA, constituyeron la sociedad por acciones denominada “RADAL TRES SpA”. Objeto: La inversión, coordinación y desarrollo, en cualquiera de sus formas y por cualquier medio, de la actividad inmobiliaria en general; (ii) efectuar inversiones y negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces urbanos y no urbanos; (iii) dar y tomar en arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles, raíces, amoblados o no, con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial, administrarlos, sean dichos bienes propios o de terceros; (iv) explotar, administrar o gravar en cualquier forma, bienes raíces, para obtener de ellos un beneficio pecuniario; (v) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, en especial en efectos de comercio, bonos, acciones y en general, en toda clase de valores mobiliarios, y la administración de estas inversiones (vi) Servicios de colocación, intermediación, recaudación, administración de inmuebles; (vii) La prestación de servicios de gerencia, administración de proyectos inmobiliarios, asesorías legales inmobiliarias, ventas, publicidad, marketing o la prestación de servicios en cualquier área inmobiliaria, legal o comercial (viii) en general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que sean necesarios o complementarios con los giros anteriores. Para lo anterior, la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y, en general, explotar en cualquier forma, toda clase de títulos, valores e instrumentos de inversión, sean éstos representativos de deuda o bien de capital de su emisión, pudiendo participar, asimismo, en toda clase de negocios, empresas y asociaciones o cuentas en participación. La sociedad podrá operar tanto dentro del territorio de la República de Chile como fuera de éste, de forma que estará autorizado para adquirir en el extranjero toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, sin limitación alguna, al igual que toda clase de títulos y valores, sea que éstos hubieren sido emitidos por entidades chilenas o de cualquier otra nacionalidad o bien por organismos internacionales. La sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier tipo y participar en ellas de cualquier forma, sean anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas civiles, colectivas comerciales, en comandita por acciones o sociedades por acciones. Capital: $41.241.640, dividido en 41.241.640, acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, que se suscribe y paga en la forma que se señale en las disposiciones transitorias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de julio de 2025.