IMPORT EXPORT BRYDAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 3177
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: Don JHASMIL CRISTHIAN ZUÑAGUA CHAVEZ, y doña ERIKA CHOQUE QUISPE, ambos con domicilio en Avenida Salvador Allende N°450, departamento 1103, Condominio Reina Isabel IV, Iquique; mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas y exponen: Por escritura pública de fecha 18 de Diciembre del año 2021, repertorio N° 3.177, otorgada ante el Notario Público de Iquique doña Carolina Andrea Urriola Ramos, Notario Público de Iquique Suplente de la Titular doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada “IMPORT EXPORT BRYDAN LIMITADA”, o “BRYDAN LTDA”., cuyo extracto fue inscrito a fojas 1.247 vuelta número 793, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2021, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile.- Los actuales socios don JHASMIL CRISTHIAN ZUÑAGUA CHAVEZ, dueño del 95% de los derechos y acciones de la sociedad, y doña ERIKA CHOQUE QUISPE, dueña del 5% de los derechos y acciones de la sociedad, vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: a) Don JHASMIL CRISTHIAN ZUÑAGUA CHAVEZ, vende, cede y transfiere un porcentaje equivalente al 45% del total de los derechos sociales a doña ERIKA CHOQUE QUISPE, quien, compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $3.600.000.-, que la compradora paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- La venta y cesión señalada comprende a derechos que le corresponden al vendedor en la sociedad en razón de su calidad de socio en ella, la parte en la cuota de capital, el mayor valor de los aportes de capital, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que les correspondan en el haber social.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de las ventas y cesiones a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de “IMPORT EXPORT BRYDAN LIMITADA”, o “BRYDAN LTDA”., don JHASMIL CRISTHIAN ZUÑAGUA CHAVEZ, y doña ERIKA CHOQUE QUISPE, dueños del 50% y 50% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- La administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán, conjunta o separadamente, indistintamente, a IMPORT EXPORT BRYDAN LIMITADA O BRYDAN LTDA con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto social.-En lo no modificado continúa vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 11 de Julio de 2025.