MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA Y TRANSPORTES OPAZO NAVARRETE LIMITADA

RUT 76421641-5 CVE 2679382
Fecha instrumento
21 de julio de 2025

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2025
Repertorio
1708-2015
Notario
ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA
Domicilio
Talca

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 41112 del 20 de marzo de 2015

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA, Notario Público Talca, oficio 1 sur 925 local 1, por escritura pública de fecha 21 de julio de 2025, ante mí, doña MERCILINA DE LAS NIEVES NAVARRETE VÁSQUEZ, chilena, soltera, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad N° 15.906.745-2, don HÉCTOR DOMINGO ARIEL OPAZO LEPE, chileno, soltero, contador público y auditor, cédula nacional de identidad N° 15.147.145-5, ambos domiciliados en 48 ½ oriente F N° 1012, Talca, todos mayores de edad y exponen, efectuaron escritura de Modificación de la “Sociedad De Responsabilidad Limitada Comercializadora y Transportes Opazo Navarrete Limitada” constituida por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2015, ante el Notario Pública Interina de la ciudad de Talca, doña Patricia Katy María Mihovilovic Lemaitre, quedando inscrita la misma en repertorio 1708-2015 de dicha Notaria, el extracto se publicó en el Diario Oficial N° 41.112 de fecha 20 de marzo de 2015, y se inscribió a fojas 602, N° 240 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Talca del año 2015. Por escritura pública de modificación suscrita en la Notaria de la ciudad de Talca de doña Angelita De La Paz Hormazabal Alegría los comparecientes modificaron por primera vez la referida escritura en su cláusula Sexta denominada “RETIRO Y REPARTO DE UTILIDADES”, ello, en el sentido de que donde dice “Las Utilidades y eventuales pérdidas que reporte el ejercicio social serán distribuidas entre los socios en iguales partes. Se podrán efectuar retiros para gastos particulares como así mismo utilidades si el momento o la caja social así lo permiten. Las cantidades que se pidan a cuenta de las utilidades o no, serán las que estimen los comparecientes y que fijen en común acuerdo”. Dicho artículo o cláusula se modifica por el siguiente texto: “Las Utilidades y eventuales pérdidas que reporte el ejercicio social serán distribuidas en un 60% por el socio MERCILINA DE LAS NIEVES NAVARRETE VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad N° 15.906.745-2 y el 40% por el socio HÉCTOR DOMINGO ARIEL OPAZO LEPE, cédula nacional de identidad N° 15.147.145-5. Se podrán efectuar retiros para gastos particulares como así mismo utilidades si el momento o la caja social así lo permiten. Las cantidades que se pidan a cuenta de las utilidades o no, serán las que estimen los comparecientes y que fijen en común acuerdo”. En todo lo que no se modifica en la escritura extractada, siguen vigentes las estipulaciones del estatuto social y modificatorios. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 23 de julio de 2025.