MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA TRANSMANZANO LIMITADA

RUT 76172873-3 CVE 2679202
Capital
$500.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2025
Notaría
Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2025
Repertorio
6012-25
Notario
ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS
Domicilio
agrupación de Comunas de Temuco
Comuna
Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga

Sociedad

Capital
$500.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con domicilio en Antonio Varas N°979 Temuco, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 11 de Junio de 2025, Repertorio N° 6012-25, otorgada ante la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga, compareció don Mario Arnoldo García Sabugal, Rut Nº 3.140.150-K; doña Carmen Luz García García, Rut Nº 7.023.375-4; doña Mónica Carolina García García, Rut Nº 7.023.374-6; doña Marcela Isabel García García, Rut Nº 7.023.379-7; doña Daniela Camila García García, Rut Nº 10.793.993-8; doña María Alejandra García García, Rut Nº 8.830.779-8; don Mario Antonio García García, Rut Nº 6.962.753-6; don Guillermo Arturo Reichert García, Rut Nº 16.532.071-9; doña Sofía Isabel Reichert García, Rut Nº 17.726.531-4; y doña Josefina Del Carmen Reichert García, Rut Nº 18.720.358-9; todos domiciliados en calle Manuel Montt número 850, oficina 404, comuna de Temuco, modificaron sociedad AGRÍCOLA TRANSMANZANO LIMITADA, Rut Nº 76.172.873-3, inscrita primitivamente a fojas 1.117, número 1.033, Registro de Comercio de Temuco del año 2011, en el siguiente sentido: Uno) Se dejó constancia que don Mario Arnoldo García Sabugal, titular del 5% del total de los derechos sociales en Agrícola Transmanzano Limitada, se encontraba casado en régimen de sociedad conyugal con doña Carmen García González, Rut Nº 4.323.332-7, quien falleció testada con fecha 23.04.2023.- La posesión efectiva se concedió mediante sentencia de fecha 25.07.2024, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Temuco, en los autos voluntarios rol V-145-2024, a su cónyuge sobreviviente don Mario Arnoldo García Sabugal, y a sus hijos Mario Antonio García García, Carmen Luz García García, Mónica Carolina García García, María Alejandra García García, Marcela Isabel García García, y Daniela Camila García García.- La posesión efectiva se inscribió a fojas 20.858 vuelta, número 8.419, y el correspondiente testamento a fojas 20.860, número 8.420, ambas inscripciones del Registro de Propiedad de Temuco año 2024.- Mediante escritura pública otorgada con fecha 13.03.2025, en Notaría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, se acordó la partición y liquidación de la comunidad derivada de la disolución de la sociedad conyugal que existió entre don Mario Arnoldo García Sabugal y doña Carmen García González, así como de la herencia quedada al fallecimiento de esta última.- En dicho acto se convino adjudicar a los herederos de doña Carmen García González, derechos sociales equivalentes al 5% del total de los derechos en la sociedad Agrícola Transmanzano Limitada, con el fin de proceder al pago y entrega de los legados instituidos por la causante en su testamento. Dichos legados consisten en la asignación del 1,25% del total de los derechos sociales, a cada uno de los siguientes legatarios: doña Marcela Isabel García García, don Guillermo Arturo Reichert García, doña Sofía Isabel Reichert García, y doña Josefina Del Carmen Reichert García.- Dos) En concordancia con lo anterior, se acordó formalizar mediante la presente reforma de estatutos de AGRÍCOLA TRANSMANZANO LIMITADA, la entrega y pago del 1,25% del total de los derechos sociales a cada una de las siguientes personas: doña Marcela Isabel García García, don Guillermo Arturo Reichert García, doña Sofía Isabel Reichert García, y doña Josefina Del Carmen Reichert García.- Tres) En consecuencia, don Mario Arnoldo García Sabugal deja de pertenecer a esta sociedad; mientras que la participación de doña Marcela Isabel García García se eleva desde el actual 95%, al 96,25% del total de los derechos sociales; y por su parte, don Guillermo Arturo Reichert García, doña Sofía Isabel Reichert García, y doña Josefina Del Carmen Reichert García se incorporan como nuevos socios de esta sociedad, quedando cada uno como titular del 1,25% del total de los derechos sociales.- Cuatro) En concordancia con lo anterior, el capital de esta sociedad ascendente a la suma de $500.000.000, queda aportado en la siguiente proporción: a) Doña Marcela Isabel García García, con un aporte de $481.250.000, equivalente al 96,25% del capital social, de los cuales $209.839.378,25 se encuentran pagados, y el saldo de $271.410.621,75 se encuentra pendiente de pago, debiendo pagarse en dinero a más tardar el día 31 de diciembre del año 2030; b) Don Guillermo Arturo Reichert García, con un aporte de $6.250.000, equivalente al 1,25% del capital social, de los cuales $2.720.207,25 se encuentran pagados, y el saldo de $3.529.792,75 se encuentra pendiente de pago, debiendo pagarse en dinero a más tardar el día 31 de diciembre del año 2030; c) Doña Sofía Isabel Reichert García, con un aporte de $6.250.000, equivalente al 1,25% del capital social, de los cuales $2.720.207,25 se encuentran pagados, y el saldo de $3.529.792,75 se encuentra pendiente de pago, debiendo pagarse en dinero a más tardar el día 31 de diciembre del año 2030; y d) Doña Josefina Del Carmen Reichert García, con un aporte de $6.250.000, equivalente al 1,25% del capital social, de los cuales $2.720.207,25 se encuentran pagados, y el saldo de $3.529.792,75 se encuentra pendiente de pago, debiendo pagarse en dinero a más tardar el día 31 de diciembre del año 2030.- Los socios limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada.- DOY FE.- Temuco, 28 de Julio del año 2025.-