SOCIEDAD INVERSIONES HORIZONTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2025
- Notario
- JESUS OSSES REVECO
- Oficio
- Segunda Notaria de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESUS OSSES REVECO, Notario Público titular de la Segunda Notaria de La Serena, con oficio Cordovez 317, certifico: Que por escritura pública de fecha 21 de Julio de 2025 bajo el Rep. N°2581-2025, ante mí doña Sylvia Ximena Hope Molina, domiciliada para estos efectos calle Las Rojas Oriente N°302, ciudad y comuna de La Serena, saneó los vicios formales de escritura social de modificación de SOCIEDAD INVERSIONES HORIZONTE LIMITADA, rol único tributario número 76.019.721-1, de fecha 6 de septiembre de 2022, otorgada ante don Jesús Osses Reveco, Notario Público de La Serena, domiciliado en esa fecha en calle Cordovez 317, La Serena, repertorio número 2.023-2022, su extracto fue inscrito a fojas 792 número 265 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2022, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de septiembre del año 2022.- En los siguientes términos: UNO.- En la escritura la escritura pública de modificación social, se incurrió en una omisión en las profesiones u oficios de 2 de los comparecientes, por lo que se incurrió en el respectivo vicio formal, A fin de corregir este vicio, la compareciente, en conformidad a lo establecido en las disposiciones de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, saneó el vicio en los siguientes términos: DONDE DICE: “don MOISES RONDON POLOCHE, venezolano, soltero, cédula de identidad número veintiséis millones ochocientos treinta y ocho mil novecientos guion ocho, y de doña ELICEE RAMONA GARCIA VILLASMIL, venezolana, soltera, cédula de identidad número veintisiete millones setecientos noventa y siete mil seiscientos veintitrés guion cuatro,…”.- DEBE DECIR CORRECTAMENTE: don MOISES RONDON POLOCHE, venezolano, soltero, empresario, cédula de identidad número veintiséis millones ochocientos treinta y ocho mil novecientos guion ocho, y de doña ELICEE RAMONA GARCIA VILLASMIL, venezolana, soltera, empresaria, cédula de identidad número veintisiete millones setecientos noventa y siete mil seiscientos veintitrés guion cuatro.- DOS) En el extracto de la escritura de modificación social se omitió hacer mención al capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero, en créditos o en cualquier otra clase de bienes, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 352 número 4) del Código de Comercio, por lo que se incurrió en el respectivo vicio formal al no incluir las menciones que la ley ordena.- A fin de corregir este vicio, la compareciente saneó , el extracto, en conformidad lo prescribe y autoriza la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, incorporando en el extracto societario lo siguiente: “En virtud de las cesiones de derechos antes mencionadas, el capital de la sociedad ascendente a $20.000.000.- íntegramente pagado en dinero en efectivo con anterioridad, quedó distribuido y conformado únicamente por don MOISES RONDON POLOCHE, con una suma equivalente a $19.800.000.- esto es un 99%, del capital social de la sociedad, y por doña ELICEE RAMONA GARCIA VILLASMIL, con una suma equivalente a $200.000.- esto es un 1%, del capital social de la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 23 de Julio de 2025.-