CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

S&H Consultores Limitada

CVE 2678682
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2025
Notario
FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
5 años desde fecha escritura, renovables sucesiva y automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad contraria de socio manifestada por escritura pública anotada al margen de inscripción social, con anticipación de 6 meses al fin respectivo período

Objeto social

el objeto de la sociedad será la prestación de toda clase de servicios y asesorías profesionales en las áreas contable, tributaria, financiera y recursos humanos, además de cualquier actividad que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Notario Público Interino de la 15ª Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifica que por escritura pública de hoy, ante mi, CLAUDIO ANDRÉS HENRÍQUEZ VAN BEBBER y LAURA ANDREA SILVA OYARCE, ambos domiciliados en La Cascada Casa 34, comuna de Colina, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “S&H Consultores Limitada.”, pudiendo usar el nombre de fantasía “S&H Ltda.”. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales y oficinas resto país o extranjero. Duración: 5 años desde fecha escritura, renovables sucesiva y automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad contraria de socio manifestada por escritura pública anotada al margen de inscripción social, con anticipación de 6 meses al fin respectivo período. Objeto: el objeto de la sociedad será la prestación de toda clase de servicios y asesorías profesionales en las áreas contable, tributaria, financiera y recursos humanos, además de cualquier actividad que los socios acuerden. Capital: $1.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente forma: LAURA ANDREA SILVA OYARCE, la suma de $900.000, en este acto, contado y dinero efectivo, equiva lente al 90% de los derechos sociales, y CLAUDIO ANDRÉS HENRÍQUEZ VAN BEBBER, la suma de $100.000.-, en este acto, contado y dinero efectivo, equivalente al 10% de los derechos sociales. La administración y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a LAURA ANDREA SILVA OYARCE y a CLAUDIO ANDRÉS HENRÍQUEZ VAN BEBBER, con amplias facultades. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto del aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2025.