MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Pampa Camarones SpA

RUT 76085153-1 CVE 2679048
Capital
$150.012.151 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2025
Notario
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la Trigésimo Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$150.012.151 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésimo Tercera Notaría de Santiago, don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 18 de julio de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio número 10.494-2025 el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de PAMPA CAMARONES SPA (la “Sociedad”), celebrada ante el Notario Público Ttitular, don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con fecha 24 de junio de 2025, en la cual se acordó, entre otras cosas: /A/ dejar constancia de la disminución de pleno derecho del capital de la Sociedad a la cantidad íntegramente suscrita y pagada al 28 de mayo de 2025, es decir, a la suma de US$150.012.151,38, dividido en 2.066.616 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; y /B/ aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad recién referida de US$150.012.151,38, dividido en 2.066.616 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de US$161.112.151,38, dividido en 2.666.616 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 600.000 nuevas acciones de pago, las cuales serían colocadas en un precio total de US$11.100.000, es decir, a un valor mínimo de US$18,5 por acción y deberán encontrarse suscritas y pagadas, a más tardar, dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la junta, es decir, el 24 de junio de 2028. Se modificaron al efecto los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales. Asimismo, se aprobaron otros acuerdos relativos a materias no extractables. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de julio de 2025.