INVERSIONES PRO-TG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2025
- Repertorio
- 35734/2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de julio de 2025, otorgada ante mí bajo el repertorio N° 35734/2025, VALERIA MÓNICA DOUGNAC LABATUT, domiciliada para estos efectos en Padre Hurtado Central N°1165, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; BENJAMÍN JOSÉ CARO DOUGNAC, domiciliado en calle El Arcángel N°4.710, departamento N°605, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y DANIELA ANDREA CARO DOUGNAC, domiciliada en Américo Vespucio Norte N°2.255, departamento N°704, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, únicos socios de la sociedad INVERSIONES PRO-TG LIMITADA acordaron: I) dividir la sociedad, constituyéndose una nueva sociedad de responsabilidad limitada con el nombre de “INMOBILIARIA CD LIMITADA”; II) producto de la división se disminuyó el capital de “INVERSIONES PRO-TG LIMITADA”, de la suma de $5.000.000.- a la suma de $4.429.009.-, sustituyéndose el artículo QUINTO del pacto social, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de cuatro millones cuatrocientos veintinueve mil nueve pesos que ha sido completamente enterado de la forma siguiente: a) doña Valeria Mónica Dougnac Labatut tiene una participación equivalente a un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de tres millones trescientos veintiún mil setecientos cincuenta y siete pesos; b) don Benjamín José Caro Dougnac tiene una participación equivalente a un doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de quinientos cincuenta y tres mil seiscientos veintiséis pesos; y c) doña Daniela Andrea Caro Dougnac tiene una participación equivalente a un doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de quinientos cincuenta y tres mil seiscientos veintiséis pesos.-“; y III) aprobar los estatutos de la nueva sociedad de los que extracto lo siguiente: se constituye una sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre de “INMOBILIARIA CD LIMITADA”, su domicilio es la ciudad de Santiago y su duración, indefinida. El objeto de la sociedad es: a) La adquisición, enajenación, administración, arrendamiento, construcción, urbanización, subdivisión, fusión, desarrollo y explotación de bienes raíces, sean estos urbanos o rurales, propios o de terceros, por cuenta propia o ajena. Asimismo, podrá participar en proyectos inmobiliarios, habitacionales, comerciales, industriales o mixtos, ya sea directamente o mediante asociaciones, consorcios, sociedades o cualquier otra forma de colaboración empresarial permitida por la ley. La sociedad también podrá realizar actividades de corretaje de propiedades, tasaciones, administración de arriendos, prestación de servicios de asesoría inmobiliaria, legal, técnica o financiera relacionada con el rubro. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, celebrar toda clase de actos y contratos civiles o comerciales, incluyendo la obtención de créditos, emisión de títulos de deuda, constitución de garantías, y en general, realizar cualquier otra actividad lícita relacionada directa o indirectamente con el giro principal; y b) la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro. Su capital asciende a la suma de $570.992.-, que se encuentra íntegramente pagado con antelación a la fecha de la escritura pública, de la siguiente manera: a) doña Valeria Mónica Dougnac Labatut pagó $428.243.-, equivalente al 75% de participación en el capital social; b) don Benjamín José Caro Dougnac pagó $71.374.-, equivalentes al 12,5% de participación en el capital social; y c) doña Daniela Andrea Caro Dougnac pagó $71.374.-, equivalentes al 12,5% de participación en el capital social. Se designó como administradores a los socios don BENJAMÍN JOSÉ CARO DOUGNAC y doña DANIELA ANDREA CARO DOUGNAC, quienes, actuando por la sociedad, conjunta o separadamente, indistintamente, detentarán la totalidad de las atribuciones que se señalan en la escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Demás estipulaciones, en la escritura extractada. Santiago, 21 de Julio de 2025.-