CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES INTERNACIONALES NAPLES SpA

CVE 2678710
Fecha instrumento
7 de julio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de julio de 2025
Repertorio
33216-2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles e inmuebles corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades. 4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana certifico: Que por escritura pública de fecha 7/07/2025, Repertorio N° 33.216-2025, ante mí: ASESORÍAS E INVERSIONES BOSTON SpA, debidamente representada por don Fernando Andrés Herrera Maldonado, ambos domiciliados para estos efectos en calle Estoril 200, oficina 926, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones. 1. Razón social: INVERSIONES INTERNACIONALES NAPLES SpA. 2. Duración: Indefinida. 3. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles e inmuebles corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades. 4. Capital: 3.800.000 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 22 de julio de 2025.