DEFONTANA FINTECH SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2025
- Repertorio
- 4178/2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo Nº3.196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 02 de julio del 2025, repertorio 4178/2025, ante mí, don Ricardo Antonio de Pablo Travisany C.I: 15.843.992-1, redujo la Junta de Accionistas celebrada ante mí, con fecha 18 de junio del 2025 (la “Junta”), Defontana Corp S.A., en su calidad de único accionista, acordó modificar los estatutos de la sociedad Defontana Fintech SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 44025, N°19442 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023, con el objeto de adecuarlos a las observaciones planteadas por la Comisión para el Mercado Financiero (la “CMF”) mediante Oficio Ordinario N°952.558 de fecha 14 de mayo de 2025. En virtud de lo señalado, la Junta acordó: 1. La emisión de 1.600.000.000 acciones de pago, ordinarias, nominativas y de la misma serie correspondiente a los aumentos de capital acordados en las juntas antes indicadas; 2. Modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales para materializar los acuerdos adoptados reemplazándolo por el siguiente: Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será de siete mil quinientos millones de pesos, dividido en tres mil cien millones de acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias; y 3. Modificar el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales para materializar los acuerdos adoptados reemplazándolo por el siguiente: Artículo Primero Transitorio: En conformidad al artículo quinto de estos estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de siete mil quinientos millones de pesos, dividido en tres mil cien millones de acciones nominativas, todas del mismo valor, de una sola serie y sin valor nominal, el cual queda íntegramente suscrito y pagado. En escritura constan otras modificaciones de estatutos sobre materias que no son objeto de extracto. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de julio del 2025. Humberto Quezada Moreno. Notario Público. HQM.