Clínica de Tratamiento de Heridas Consan S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $34.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricia Manríquez Huerta, Notario Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifico que con fecha 21 de julio de 2025 se redujo a escritura pública ante mí, el acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Clínica de Tratamiento de Heridas Consan S.A. (la “Sociedad”), inscrita a fojas 16.291, número 11.060, año 2010 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, en la que concurrieron el 100% de los accionistas, esto es, Inversiones Geolyon Limitada, Servicio de Salud Médico Físico Limitada, Asesorías e Inversiones Los Castaños Limitada, Asesorías e Inversiones Meridian Chile SpA, y Servicios Médicos Pelayo Limitada; en la que se acordó aumentar el capital social de $34.000.000 dividido en 10.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola y misma serie y sin valor nominal, en la suma de $297.575.100.-, mediante la emisión de 7.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola y misma serie y sin valor nominal, el cual debe quedar suscrito y pagado a más tardar el 31 de agosto de 2025; y en consecuencia sustituir los artículos quinto permanente, y primero transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de trescientos treinta y un millones quinientos setenta y cinco mil cien pesos, dividido en diecisiete mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola y misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga según se expresa en el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad, que de acuerdo a lo expresado en el artículo Quinto permanente asciende a la suma de trescientos treinta y un millones quinientos setenta y cinco mil cien pesos, dividido en diecisiete mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola y misma serie y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado de la siguiente manera: (i) Inversiones Geolyon Limitada, ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de dos mil setecientas acciones, equivalentes a la suma de cincuenta y dos millones seiscientos sesenta y un mil novecientos veintiocho pesos; (ii) Servicio de Salud Médico Físico, ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de dos mil setecientas acciones, equivalentes a la suma de cincuenta y dos millones seiscientos sesenta y un mil novecientos veintiocho pesos; (iii) Asesorías e Inversiones Los Castaños Limitada, ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de dos mil setecientas acciones, equivalentes a la suma de cincuenta y dos millones seiscientos sesenta y un mil novecientos veintiocho pesos; (iv) Inversiones Servicios Médicos Pelayo Limitada ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de cuatrocientas acciones, equivalentes a la suma de siete millones ochocientos un mil setecientos sesenta y siete pesos; (v) Asesorías e Inversiones Meridian Chile SpA, ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de tres mil quinientas una acciones, equivalentes a la suma de sesenta y ocho millones doscientos ochenta y cuatro mil novecientos sesenta y seis pesos, quedando pendiente de pagar la cantidad de cuatro mil novecientas noventa y nueve acciones de pago, las que deberán quedar pagadas a más tardar el treinta y uno de agosto de dos mil veinticinco.”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de julio de 2025.