SOCIEDAD DE TRANSPORTES MABBA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2025
- Notario
- JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA
- Oficio
- Segunda Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Curicó
- Duración
- 5 años a contar esta fecha, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final período en curso, mediante envío una carta certificada, dirigida al domicilio señalado en comparecencia, con una anticipación mínima de 90 días antes fin respectivo período
Objeto social
A.- Transporte Urbano y)o interurbano de pasajeros, taxis, taxis colectivos, buses, minibuses, camionetas y automóviles B.-Transporte de Carga en general por carretera por cuenta propia o ajena de fletes de todo tipo de mercaderías, nacional o extranjero, logística, Servicios de Transportes a empresas. C.- El arriendo de buses, microbuses, minibuses y todo tipo de arriendo de vehículos por cuenta propia o de terceros. D.- El desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas con el rubro de transportes y similares, y cualquier otra actividad comercial relacionada con el objeto social u otro que permita aumentar los negocios sociales y que los socios acuerden, para lograr el incremento Patrimonial societario, Para dar fiel cumplimiento a este objeto social, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Pudiendo la sociedad, Autocontratar con los socios, o ingresar a sociedades.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Estado 280, certifica: Por escritura hoy ante mi JIMMY JEAN PIERRE MARIN FUENTES, y MARIELA DEL CARMEN BAEZA GUTIERREZ, ambos domiciliados en Avenida Los Castaños 420, condominio San Alberto La Obra, Los Niches, Comuna Curicó; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada: Objeto: A.- Transporte Urbano y/o interurbano de pasajeros, taxis, taxis colectivos, buses, minibuses, camionetas y automóviles B.-Transporte de Carga en general por carretera por cuenta propia o ajena de fletes de todo tipo de mercaderías, nacional o extranjero, logística, Servicios de Transportes a empresas. C.- El arriendo de buses, microbuses, minibuses y todo tipo de arriendo de vehículos por cuenta propia o de terceros. D.- El desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas con el rubro de transportes y similares, y cualquier otra actividad comercial relacionada con el objeto social u otro que permita aumentar los negocios sociales y que los socios acuerden, para lograr el incremento Patrimonial societario, Para dar fiel cumplimiento a este objeto social, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Pudiendo la sociedad, Autocontratar con los socios, o ingresar a sociedades. - Razón Social: “SOCIEDAD DE TRANSPORTES MABBA Y COMPAÑÍA LIMITADA”. nombre fantasía "TRANSPORTES MABBA Y CIA. LTDA..”, ó “MABBA CIA. LTDA.”. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Curicó, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o extranjero.- La Administración, representación, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán indistintamente a los socios JIMMY JEAN PIERRE MARIN FUENTES, y a MARIELA DEL CARMEN BAEZA GUTIERREZ quienes actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades. Capital: $20.000.000.- que se aporta siguiente manera: a) JIMMY JEAN PIERRE MARIN FUENTES, aporta en este acto en dinero efectivo $11.000.000.- que ingresa en arcas sociales, corresponden al 55% Capital Social y b) MARIELA DEL CARMEN BAEZA GUTIERREZ, aporta en este acto en dinero efectivo $9.000.000.-, corresponde al 45% Capital Social. Duración: 5 años a contar esta fecha, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final período en curso, mediante envío una carta certificada, dirigida al domicilio señalado en comparecencia, con una anticipación mínima de 90 días antes fin respectivo período.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 23 julio 2025.