IMPORTADORA AGATTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2025
- Repertorio
- 30185-2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, ubicada en Miraflores número 178, piso quinto, de la comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de junio de 2025, repertorio 30185- 2025, ante mí,, doña ROSA ZULEMA BUSTOS CARTES, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis guión cinco; doña CARMEN LUZ YÁÑEZ BUSTOS, chilena, casada y separada de bienes, contador auditor, cédula de identidad número quince millones cuatrocientos once mil ochocientos treinta y tres guión cero; y, doña LEONYZA AGATTA EVELYN ZULEMAN CHAÑILLAO BUSTOS, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diecinueve millones treinta y cinco mil doscientos noventa y tres guión cinco, todos domiciliados para estos efectos en San Diego trescientos treinta y ocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, acuerdan modificar la sociedad “IMPORTADORA AGATTA LIMITADA” en los siguientes términos: Con la comparecencia y autorización de todos los socios, doña CARMEN LUZ YÁÑEZ BUSTOS, vende, cede y transfiere a doña ROSA ZULEMA BUSTOS CARTES, quien compra, acepta y adquieren para sí, el veinte por ciento de los derechos sociales de la sociedad IMPORTADORA AGATTA LIMITADA, por un precio ascendente a la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.-), que paga en este acto en dinero en efectivo; Asimismo, con la comparecencia y autorización de todos los socios, doña CARMEN LUZ YÁÑEZ BUSTOS, vende, cede y transfiere a doña LEONYZA AGATTA EVELYN ZULEMAN CHAÑILLAO BUSTOS, quien compra, acepta y adquieren para sí, el diez por ciento de los derechos sociales de la sociedad IMPORTADORA AGATTA LIMITADA, por un precio ascendente a la suma de un millón de pesos ($1.000.000.-), que paga en este acto en dinero en efectivo; Como consecuencia de las cesiones anteriores, el capital de la sociedad de diez millones de pesos ($10.000.000.-), quedó conformado por las participaciones que se indican a continuación: a) ROSA ZULEMA BUSTOS CARTES aporta la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000.-), esto es, el noventa por ciento de los derechos sociales, que se encuentran pagados, enterados e ingresados a la caja social; b) LEONYZA AGATTA EVELYN ZULEMAN CHAÑILLAO BUSTOS aporta la suma de un millón de pesos ($1.000.000.- ), esto es, el diez por ciento de los derechos sociales, que se encuentran pagados, enterados e ingresados a la caja social; Los socios acuerdan modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales quedando como sigue: “Quinto: El capital social será la suma de diez millones de pesos, que las socias aportan de la siguiente forma: A) Socia Rosa Zulema Bustos Cartes aporta la suma de nueve millones de pesos enterados en este acto y en dinero en efectivo ingresados a la caja social; B) Socia Leonyza Agatta Evelyn Zuleman Chañillao Bustos, aporta la suma de un millón de pesos enterados en este acto y en dinero en efectivo ingresados a la caja social”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas originales del pacto social y sus modificaciones. Santiago 22 de julio de 2025.