CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Deudas Cero Limitada

RUT 78157925-4 CVE 2678208
Fecha instrumento
24 de junio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2025
Repertorio
34319
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL
Oficio
Décimo Novena Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad es calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura y se disolverá con la muerte de algún

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Asesoría legal, actuar en representación de terceros, en toda clase de juicios, ya sea ante Juzgados de Letras en Lo Civil, Juzgados de Garantía, Tribunal Oral en Lo Penal, Juzgados de Policía Local, Corte de Apelaciones, Corte Suprema, Registro Civil e Identificación, Ministerio Publico, Defensoría Penal Pública, Conservadores de Bienes Raíces, Municipalidades, entre otras instituciones públicas o privadas como entidades crediticias, financieras, como representante, apoderado, demandante o demandado, querellante o querellado, o defensa en general

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ROGER VERGARA HUERTA JURIDICO E.I.R.L socio 78157925-4
MUNDO DE SOLUCIONES SpA socio 67361894-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, Notario publico Titular de la Décimo Novena Notaria de Santiago, con oficio en Bandera N° 341, Oficina N° 352, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 24 junio de 2025, bajo el Repertorio N° 34.319, ante mí PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, comparecen: ROGER VERGARA HUERTA JURIDICO E.I.R.L., Rol Único Tributario N°78.157.925-4, representada por don ROGER ALEXIS VERGARA HUERTA, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos cincuenta y un mil novecientos diecinueve guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, GESTION, IMPLEMENTACION SERVICIOS, MUNDO DE SOLUCIONES SpA, Rol Único Tributario N°67.361.894-1, representada legalmente por doña LAURA ANDREA PINCHEIRA HERRERA, chilena, casada, administradora de empresas, cédula nacional de identidad número trece millones ciento nueve mil quinientos veintiuno guion k, con domicilio para estos efectos, en calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad al monto de sus aportes.- Nombre: La razón social de la Sociedad es "DEUDAS CERO LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “DEUDAS CERO LTDA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.- Duración: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura y se disolverá con la muerte de algún socio. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Asesoría legal, actuar en representación de terceros, en toda clase de juicios, ya sea ante Juzgados de Letras en Lo Civil, Juzgados de Garantía, Tribunal Oral en Lo Penal, Juzgados de Policía Local, Corte de Apelaciones, Corte Suprema, Registro Civil e Identificación, Ministerio Publico, Defensoría Penal Pública, Conservadores de Bienes Raíces, Municipalidades, entre otras instituciones públicas o privadas como entidades crediticias, financieras, como representante, apoderado, demandante o demandado, querellante o querellado, o defensa en general. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, de los cuales se han enterado cero pesos, y quedan por enterar un millón de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) ROGER VERGARA HUERTA JURIDICO E.I.R.L, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) GESTION, IMPLEMENTACION SERVICIOS, MUNDO DE SOLUCIONES SpA se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Administración La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá ambos socios.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 24 de Julio del 2025. PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.