MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AEROTRANS SERVICIOS LIMITADA

RUT 78180920-9 CVE 2678088
Fecha instrumento
17 de junio de 2025
Notaría
Curicó

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2025
Repertorio
394/2025
Notario
MONICA QUIROZ TRUJILLO
Oficio
Quinta Notaria de Curicó
Comuna
Curicó

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MONICA QUIROZ TRUJILLO, Notario Público Titular, de la Quinta Notaria de Curicó, con asiento en la comuna de Teno, domiciliado en Calle Avenida Comalle N°167, provincia de Curicó, Región del Maule, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de junio de 2025, Repertorio N°394/2025 ante mí, don JUAN PABLO CASTRO CONTRERAS, cédula nacional de identidad N°8.701.858-K y doña XIMENA BERNARDITA CASTRO CONTRERAS modificaron la sociedad “AEROTRANS SERVICIOS LIMITADA” que se encuentra inscrita a fojas 328 Número 241, en el Registro de Comercio del año 1991 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el sentido que se indica: nuevos y actuales socios, modifican el pacto social, en atención al fallecimiento del socio, don Iván Carlos Castro Contreras, ocurrido con fecha 31 de agosto de 2023. Modificación consiste en que los únicos y actuales socios en los porcentajes que se indica, son Juan Pablo Castro Contreras y Bernardita Castro Contreras, acorde lo que se pacta en el artículo Cuarto de la escritura de modificación: “CUARTO: En mérito de lo antes señalado, han quedado como únicos y actuales integrantes de la sociedad “AEROTRANS SERVICIOS LIMITADA” las siguientes personas con los siguientes porcentajes sociales: don JUAN PABLO CASTRO CONTRERAS; con un 78,575% de los derechos sociales y doña XIMENA BERNARDITA CASTRO CONTRERAS, con el 21,425% de los derechos sociales.-“ 2) Se reemplaza el articulo noveno del título tercero, por el siguiente: “(…) SEXTO: Se Modifica el titulo tercero, artículo noveno de la escritura de constitución social, en el sentido de que la administración y el uso de la razón social corresponderá con todas y cada una de las facultades indicadas en dicha cláusula, al socio don JUAN PABLO CASTRO CONTRERAS. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones de la escritura social. Demás estipulaciones escritura extractada. Teno 01 de Julio de 2025.