MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

WELCH Y YAÑEZ LIMITADA

RUT 76871098-8 CVE 2677906
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de febrero de 2018
Notaría
Talca con asiento en San Clemente

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2018
Repertorio
595
Notario
JUAN ENRIQUE JARA OPAZO
Oficio
VI Notaría de Talca con asiento en San Clemente
Comuna
Talca con asiento en San Clemente

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ENRIQUE JARA OPAZO, Abogado, Notario Público Interino de la VI Notaría de Talca con asiento en San Clemente, domiciliado en calle Alejandro Cruz n°124, San Clemente, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, doña MARÍA YAÑEZ DONOSO, C.I. 5.789.957-3, domiciliada en parcela número cien, San José, Longaví; doña GUISELA ANTONIA SALINAS COLOMA, C.I. 15.158.786-0, domiciliada en calle Padre Manuel Lacunza número dos mil novecientos veintiuno, comuna de Cerrillos, región Metropolitana; y doña IRENE DEL CARMEN AMARILES AMARILES, C.I. 13.374.050-3, domiciliada en calle Rehue número cuatrocientos treinta y ocho, Cobquecura, todas en su calidad de socias de “WELCH Y YAÑEZ LIMITADA”, RUT 76.871.098-8, sociedad otorgada por escritura pública de fecha 14 de febrero del año 2018, otorgada ante Notario Público Interino de la Notaría de Linares, don Manuel Alejandro Acevedo Bustos, número de repertorio 595, cuyo extracto se inscribió el día 12 de abril de 2018, a fojas, 86, del mismo año, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, y se publicó en el Diario Oficial del día 19 de febrero de 2018, edición número 41.987, modificando los estatutos de la sociedad según se indica a continuación: Uno. – Que con fecha 10 de junio de 2024, la socia, doña VALERIA FARRAH WELCH AMARILES falleció, tal como consta en certificado de defunción que se tiene a la vista al momento de otorgar la presente escritura pública. Dos. - En virtud de lo señalado en las en las cláusulas sociales, son a contar de esta fecha únicos socios doña MARÍA YAÑEZ DONOSO, titular del 50% de los derechos sociales, doña GUISELA ANTONIA SALINAS COLOMA, titular del 25% de los derechos sociales e IRENE DEL CARMEN AMARILES AMARILES, titular del 25% de los derechos sociales, ratificando los socios que el capital social es de $20.000.000. Tres. - Los actuales y únicos socios vienen en modificar la cláusula quinta del estatuto social, en el sentido de que la administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña GUISELA ANTONIA SALINAS COLOMA, con amplias facultades, contenida en la cláusula modificada. Cuatro. - Si durante la vigencia de la sociedad alguna de las socias falleciere, la sociedad continuará funcionando con las socias sobrevivientes. Cinco. - En todo lo no modificado por el presente instrumento público, subsiste y mantiene su vigencia el estatuto social, contenido en la escritura mencionada en la cláusula primera precedente y que los socios, en este acto, ratifican en todas sus partes, reiterando los socios que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás acuerdo y estipulaciones constan en la escritura extractada. En San Clemente a 01 de julio de 2025. Doy fe.