STRATEGA SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de julio de 2025, ante mí: doña DANAE DIANA VEGA BIZAMA, reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. “STRATEGA SpA”, celebrada el 14 de julio de 2025, en mi presencia, con la totalidad de las acciones emitidas, ANTECEDENTES: a) La sociedad “STRATEGA SpA”, Rol Único Tributario número 78.041.714-5 se constituyó por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2024 ante don CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Santiago, designado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, según consta en Decreto número ciento diez de fecha trece de febrero de dos mil veinticuatro, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso Comuna y Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 19.505, Número 8.481, correspondiente al año 2024 y publicado en el Diario Oficial número 43.791 con fecha 2 de marzo de dos mil 2024.- El capital social es de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones, completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: a) La modificación del artículo DÉCIMO SÉPTIMO la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, en el sentido de cambiar la administración, quedando como sigue: La administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a DANAE DIANA VEGA BIZAMA con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales. -. b) En todo lo no modificado por este instrumento, se mantendrá lo señalado en el estatuto social en los mismos términos estipulados en él. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de julio de 2025.