Instrumento
- Fecha
- 18 de julio de 2025
- Repertorio
- 6455-2025
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- calle Rosas número dos mil seiscientos noventa y siete, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: Venta al por menor de frutas y verduras; carne y productos cárnicos; productos del mar, tales como pescados, mariscos y algas; productos de confitería; huevos, lácteos, abarrotes y otros alimentos; así como la venta al por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, tanto en general como en comercios especializados, y de productos de tabaco. Asimismo, comprende la elaboración de hielo, excluyéndose expresamente la fabricación de hielo seco, y el transporte terrestre de carga ajena. Finalmente, podrá ejecutar cualquier operación, acto, contrato o negocio comercial, industrial o financiero, de cualquier naturaleza, que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del giro social, lo promueva o lo complemente, y que sea acordado por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos ochenta y site, comuna de Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 18 de julio de 2025, Repertorio N°6.455-2025, ante mí; don JUAN CARLOS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, chileno, divorciado, comerciante, cédula de identidad número 13.149.589-7, domiciliado en calle Rosas número 2697, comuna de Santiago, Región Metropolitana, ha constituido una sociedad por acciones bajo la razón social “Soy Licor SpA”, pudiendo actuar en todo caso sin limitación alguna y para todos los efectos legales, fines publicitarios y para intervenir ante todo tipo de instituciones, públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, con la sigla comercial o nombre de fantasía “Soy Licor SpA”. Domicilio: calle Rosas número dos mil seiscientos noventa y siete, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Chile, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: La sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: Venta al por menor de frutas y verduras; carne y productos cárnicos; productos del mar, tales como pescados, mariscos y algas; productos de confitería; huevos, lácteos, abarrotes y otros alimentos; así como la venta al por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, tanto en general como en comercios especializados, y de productos de tabaco. Asimismo, comprende la elaboración de hielo, excluyéndose expresamente la fabricación de hielo seco, y el transporte terrestre de carga ajena. Finalmente, podrá ejecutar cualquier operación, acto, contrato o negocio comercial, industrial o financiero, de cualquier naturaleza, que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del giro social, lo promueva o lo complemente, y que sea acordado por los accionistas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos ($3.000.000) dividido en mil (1.000) acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan íntegramente en este acto, en dinero en efectivo, por el accionista don JUAN CARLOS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, quien suscribe, entera y paga las mil acciones por el monto total de $3.000.000. De esta forma el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. Administrador: Por unanimidad, los accionistas designan como administrador a don JUAN CARLOS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, quien podrá actuar en representación de la sociedad conjunta o separadamente e indistintamente de los accionistas, mientras no haga otra designación la junta de accionistas. Otras estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2025.