MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EVALUACIONES ECONOMICAS DE PROYECTOS AUDITORIA Y CONSULTORIAS LIMITADA

RUT 77097350-3 CVE 2677799
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2025
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2025
Repertorio
4100/2025
Notario
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
Oficio
Primera Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Administración

Socios ratifican cláusula de administración y uso de razón social vigente en sentido que: “La administración, representación y uso de razón social, corresponderá separada e indistintamente a socios Arnoldo Palma Núñez y Jorge Omar Palma Núñez, quienes actuando individualmente se entienden premunidos de amplias facultades de administración, sin limitación alguna. Actuando, cualquiera de ellos, por sociedad y anteponiendo razón social a su firma, la obligaran en todos actos y negocios que celebren por ella. Como administradores tendrán amplias facultades administrativas y dispositivas, tanto ordinarias como extraordinarias y todas y cada una de facultades de administración contenidas en cláusula cuarta del estatuto social constitutivo, que se entienden expresamente reproducidas una a una. Asimismo, tendrán representación de la Sociedad ante Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República.- En todo lo demás, tiene plena vigencia y quedan subsistentes pactos y estipulaciones contenidas en estatuto social constitutivo y en general se mantiene vigente, toda aquella estipulación que no hubiera sido expresamente modificada en instrumentos referidos o en posteriores modificaciones al estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 14 de Julio de 2025, ante mí, Repertorio Nº4100/2025, señores ARNOLDO PALMA NUÑEZ, cédula de identidad # 6.356.797-3, domicilio calle Veintiuno de Mayo # 2377 casa # 21, Concepción, Región del Bio Bio; JORGE OMAR PALMA NUÑEZ, cédula de identidad # 7.504.324-4, domicilio calle Los Claveles # 405 casa 7, Huertos Familiares, San Pedro de la Paz, Concepción, Región del Bio Bio; PABLO MIGUEL PALMA NOVOA, cédula de identidad # 14.060.585-9, domicilio calle San Martín # 553 Departamento # 605, Concepción, Región del Bio Bio; VALENTINA LARISSA PALMA NOVOA, cédula de identidad # 17.041.517-5, domicilio calle Veintiuno de Mayo # 2377 Concepción, Región del Bio Bio; GENARO ANDRÉS GUERRERO VARELA, cédula de identidad # 13.954.096-4, domicilio calle Máximo Jeria # 455, departamento # 303, Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana; y don IGNACIO ANDRÉS PALMA VARELA, cédula de identidad # 18.490.493-4, domicilio calle Los Claveles # 405, casa 7, Huertos Familiares, San Pedro de la Paz, Concepción, Región del Bio Bio; Modifican estatuto social de sociedad “EVALUACIONES ECONOMICAS DE PROYECTOS AUDITORIA Y CONSULTORIAS LIMITADA”, rol único tributario 77.097.350-3, y expresan: A fecha presente instrumento Arnoldo Palma Núñez y Jorge Omar Palma Núñez, son actuales y únicos socios de sociedad “EVALUACIONES ECONOMICAS DE PROYECTOS AUDITORIA Y CONSULTORIAS LIMITADA”, constituida por escritura pública de 20 de Mayo de 1998, ante Notario Público de Concepción Jorge Condeza Vaccaro, extracto inscrito a fojas 681 número 528 en Registro de Comercio de Concepción, del año 1998, publicado en diario oficial de 26 de mayo de 1998; Modificada por escritura pública de 13 de Enero de 2003, ante Notario Público de Concepción Gastón Aranís Quiroz, suplente del titular Juan Espinosa Bancalarí, extracto inscrito a fojas 62 número 44 en Registro de Comercio de Concepción, del año 2003, publicado en diario oficial de 17 de Enero de 2003; Modificada por escritura pública de 23 de Marzo de 2004, ante Notario Público de Concepción Jorge Condeza Vaccaro, extracto inscrito a fojas 569 vuelta, número 368, en Registro de Comercio de Concepción, del año 2004, publicado en diario oficial de 6 de Abril de 2004; Modificada por escritura pública de 24 de Junio del 2005, ante Ramón García Carrasco, Notario Público, de Concepción, extracto inscrito a fojas 1209 vuelta, número 928, en Registro de Comercio de Concepción, del año 2005, publicado en edición 38.224 de Diario Oficial de 30 de Julio de 2005; Modificada por escritura pública de 1 de Septiembre de 2006, ante Notario Público de Concepción Ramón García Carrasco, Extracto inscrito a fojas 1795 vuelta, número 1438, en Registro de Comercio de Concepción, del año 2006, publicado en edición 38.581 de Diario Oficial de 5 de Octubre de 2006; Modificada por escritura pública de 22 de Marzo de 2016, ante Notario Público de Concepción Ernesto Valenzuela, extracto inscrito a fojas 735 número 631, en Registro de Comercio de Concepción, del año 2016 publicado en diario oficial de 6 de Abril de 2016; Y modificada, a forma actual, por escritura pública de 7 de Diciembre de 2022, ante Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, Notario Público interino de primera notaria de Concepción, Extracto inscrito a fojas 2105, número 1392 en Registro de Comercio de Concepción del año 2022, publicado en edición 43.429 de Diario Oficial de 19 de Diciembre de 2022. Capital suscrito y pagado suma de $10.000.000.- Unicos socios Arnoldo Palma Núñez y Jorge Omar Palma Núñez, declaran ser, dueños y propietarios del 100% de acciones y derechos sociales, correspondiéndole, a cada uno de ellos, el 50% del activo y pasivo social, y acuerdan efectuar cesión de derechos sociales y modificación del contrato social de manera que expresan: Socio Arnoldo Palma Núñez manifiesta voluntad de ceder, vender y transferir una porción de su interés en activo y pasivo de sociedad, equivalente a un 20% del total de acciones y derechos sociales, a PABLO MIGUEL PALMA NOVOA, quien compra y adquiere para sí. Precio total de cesión suma de $2.000.000.-, que Pablo Miguel Palma Novoa, paga y cancela este acto, al contado, en dinero en efectivo, recibido por cedente Arnoldo Palma Núñez, conforme y a entera satisfacción. Queda completamente pagado precio de esta cesión de acciones y derechos sociales. Socio Arnoldo Palma Núñez manifiesta voluntad de ceder, vender y transferir una porción de su interés en activo y pasivo de sociedad, equivalente a un 20% del total de acciones y derechos sociales, a VALENTINA LARISSA PALMA NOVOA, quien compra y adquiere para sí. Precio total de cesión suma de $2.000.000.- que Valentina Larissa Palma Novoa, paga y cancela este acto, al contado, en dinero en efectivo, recibido por cedente Arnoldo Palma Núñez, conforme y a entera satisfacción. Queda completamente pagado precio de esta cesión de acciones y derechos sociales; Socio Jorge Omar Palma Núñez, manifiesta voluntad de ceder, vender y transferir una porción de su interés en activo y pasivo de sociedad, equivalente a un 20% del total de acciones y derechos sociales, a GENARO ANDRÉS GUERRERO VARELA, quien compra y adquiere para sí. Precio total de cesión suma de $2.000.000.- que Genaro Andrés Guerrero Varela, paga y cancela este acto, al contado, en dinero en efectivo, recibido por cedente Jorge Omar Palma Núñez, conforme y a entera satisfacción. Queda completamente pagado precio de esta cesión de acciones y derechos sociales; Socio Jorge Omar Palma Núñez, manifiesta voluntad de ceder, vender y transferir una porción de su interés en activo y pasivo de sociedad, equivalente a un 20% del total de acciones y derechos sociales, a IGNACIO ANDRÉS PALMA VARELA, quien compra y adquiere para sí. Precio total de cesión suma de $2.000.000.- que Ignacio Andrés Palma Varela, paga y cancela este acto, al contado, en dinero en efectivo, recibido por cedente Jorge Omar Palma Núñez, conforme y a entera satisfacción. Queda completamente pagado precio de esta cesión de acciones y derechos sociales.- A partir este momento se incorporan e ingresan a sociedad Pablo Miguel Palma Novoa, Valentina Larissa Palma Novoa, Genaro Andrés Guerrero Varela, y don Ignacio Andrés Palma Varela.- Comparecientes expresan que cesiones, ventas y transferencias de acciones y derechos sociales, en proporción porcentajes referidos, incluyen total derechos que a cedentes correspondan o puedan corresponder en sociedad, a cualquier título, derivado directa de calidad de socios; aportes, bienes sociales, participaciones, créditos, deudas, incluso sumas en cuenta corriente o personal a su favor, utilidades no retiradas, intangibles, diferencias entre valor comercial y en libro de bienes, en general, todo lo comprendido en activo y pasivo social.- Virtud cesiones parciales de derechos, serán desde este momento únicos socios de sociedad: don Arnoldo Palma Núñez, con una participación social y propietario de un 10% de acciones y derechos sociales; don Jorge Omar Palma Núñez, con una participación social y propietario de un 10% de acciones y derechos sociales; don Pablo Miguel Palma Novoa, con una participación social y propietario de un 20% de acciones y derechos sociales; doña Valentina Larissa Palma Novoa, con una participación social y propietaria de un 20% de acciones y derechos sociales; don Genaro Andrés Guerrero Varela, con una participación social y propietario de un 20% de acciones y derechos sociales, y don Ignacio Andrés Palma Varela, con una participación social y propietario de un 20% de acciones y derechos sociales, y en misma proporción se hará distribución de utilidades y perdidas de la sociedad.- ADMINISTRACIÓN: Socios ratifican cláusula de administración y uso de razón social vigente en sentido que: “La administración, representación y uso de razón social, corresponderá separada e indistintamente a socios Arnoldo Palma Núñez y Jorge Omar Palma Núñez, quienes actuando individualmente se entienden premunidos de amplias facultades de administración, sin limitación alguna. Actuando, cualquiera de ellos, por sociedad y anteponiendo razón social a su firma, la obligaran en todos actos y negocios que celebren por ella. Como administradores tendrán amplias facultades administrativas y dispositivas, tanto ordinarias como extraordinarias y todas y cada una de facultades de administración contenidas en cláusula cuarta del estatuto social constitutivo, que se entienden expresamente reproducidas una a una. Asimismo, tendrán representación de la Sociedad ante Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República.- En todo lo demás, tiene plena vigencia y quedan subsistentes pactos y estipulaciones contenidas en estatuto social constitutivo y en general se mantiene vigente, toda aquella estipulación que no hubiera sido expresamente modificada en instrumentos referidos o en posteriores modificaciones al estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- CONCEPCION, 24 de Julio de 2025.-