Belectrical SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2025
- Notario
- LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR
- Oficio
- Primera Notaria de la comuna de Providencia
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- es la comuna de Santiago
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de ingeniería, desarrollo de proyectos, suministro, compra, venta, exportación, importación, comercialización y representación de piezas, partes, e insumos industriales. Capital suscrito y pagado: El capital de la sociedad es la cantidad de $20.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias y nominativas sin valor nominal, de una misma y única serie, sin privilegios y de igual valor cada una. Todo suscrito y pagado así: OSVALDO BARRIENTOS SANCHEZ, INDUSTRIAL Y COMERCIAL E.I.R.L. suscribe y paga en este acto 50 acciones, enterando la suma de $10.000.000 ingresados a la caja social. Don DIEGO ANTONIO BARRIENTOS JADUE suscribe y paga en este acto 50 acciones, enterando la suma de $10.000.000 ingresados a la caja social
Administración
La sociedad será administrada por don Diego Antonio Barrientos Jadue, quien, actuando individualmente, representará judicial extrajudicialmente a la sociedad y, para el cumplimiento del objeto social lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcas como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Podrá actuar por sí o por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Santiago, 15 de Julio de 2025. LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular de la Primera Notaria de la comuna de Providencia, con oficio en Avenida Providencia número 1777, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha nueve de Julio del año 2025, repertorio número 5695 de 2025, otorgada ante mí, OSVALDO BARRIENTOS SANCHEZ, INDUSTRIAL Y COMERCIAL E.I.R.L., sociedad comercial, Rol Único Tributario número 76.300.420-1, empresa individual de responsabilidad limitada, representada por don Osvaldo Aquiles Barrientos Sánchez, ambos domiciliados calle Portugal N° 1946, comuna de Santiago y DIEGO ANTONIO BARRIENTOS JADUE, chileno, soltero, ingeniero, domiciliado en Las Tórtolas 2125, comuna de Las Condes, cedula de identidad numero 20.282.841-8, concurren y constituyen sociedad por acciones que se regirá por disposiciones de estatutos estipulados y las del Párrafo VIII del Titulo VII del Libro II del Código de Comercio y, en el silencio de sus estatutos y de las disposiciones del mencionado Párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio, supletoriamente, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas de la ley número 18.046 sobre sociedades anónimas. Nombre de la sociedad: “Belectrical SpA”. Domicilio: es la comuna de Santiago. Objeto social: La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de ingeniería, desarrollo de proyectos, suministro, compra, venta, exportación, importación, comercialización y representación de piezas, partes, e insumos industriales. Capital suscrito y pagado: El capital de la sociedad es la cantidad de $20.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias y nominativas sin valor nominal, de una misma y única serie, sin privilegios y de igual valor cada una. Todo suscrito y pagado así: OSVALDO BARRIENTOS SANCHEZ, INDUSTRIAL Y COMERCIAL E.I.R.L. suscribe y paga en este acto 50 acciones, enterando la suma de $10.000.000 ingresados a la caja social. Don DIEGO ANTONIO BARRIENTOS JADUE suscribe y paga en este acto 50 acciones, enterando la suma de $10.000.000 ingresados a la caja social. Administración: La sociedad será administrada por don Diego Antonio Barrientos Jadue, quien, actuando individualmente, representará judicial extrajudicialmente a la sociedad y, para el cumplimiento del objeto social lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcas como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Podrá actuar por sí o por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Santiago, 15 de Julio de 2025. LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular.