MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS MERCADO DIGITAL LIMITADA

RUT 76051432-2 CVE 2677564
Fecha instrumento
8 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2025
Repertorio
33363/2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 8 de julio de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio 33.363/2025, don José Joaquín Martínez Izquierdo, en representación de Asesorías e Inversiones J&C Limitada, ambos domiciliados en calle Paul Claudel N° 1.312, departamento 1.103, comuna de Vitacura; María Elena Aurtenechea Lobo, por sí y en representación de Catelma SpA, ambas domiciliadas en Avenida Camino Los Trapenses N° 4.820, casa 26, comuna de Lo Barnechea; y don Rodrigo Orlando Sillano Poduje, en representación de Sociedad de Inversiones Sibro Limitada, ambos domiciliados en Avenida Holanda N° 100, oficina 12, comuna de Providencia; modificaron la sociedad “ASESORÍAS MERCADO DIGITAL LIMITADA” , inscrita a fojas 10463 número 6804 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009 (la “Sociedad”), en la siguiente forma: Uno) Se dejó constancia que María Elena Aurtenechea Lobo, con el consentimiento de todos los socios de la Sociedad, aportó, cedió y trasfirió a Catelma SpA, quién acepto y adquirió para sí, el 25% del total de los derechos sociales de la Sociedad. Precio de cesión: $250.000.- Dos) En virtud de dicha cesión de derechos, se retira de la Sociedad doña María Elena Aurtenechea Lobo y quedan como únicos socios Catelma SpA, con el 25% de los derechos sociales; Asesorías e Inversiones J&C Limitada, con el 37,5% de los derechos sociales; y Sociedad de Inversiones Sibro Limitada, con el 37,5% de los derechos sociales, quienes acordaron sustituir el Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativo al capital de la Sociedad, por el siguiente: “ARTICULO SEXTO. Capital Social. El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios enteran y pagan en dinero efectivo en la siguiente proporción y forma: a) SOCIEDAD DE INVERSIONES SIBRO LIMITADA aporta y entera en este acto a la caja social la suma de trescientos setenta y cinco mil pesos, equivalentes al treinta y siete coma cinco por ciento del capital social; b) ASESORÍAS E INVERSIONES J&C LIMITADA aporta y entera en este acto a la caja social la suma de trescientos setenta y cinco mil pesos, equivalentes al treinta y siete coma cinco por ciento del capital social; y c) CATELMA SpA aporta y entera en este acto a la caja social la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social” . Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 15 de julio de 2025.